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Puntos básicos
Hay varios programas de beneficios para la vivienda que pueden ayudar a personas que son discapacitadas, jóvenes, ancianas, embarazadas o que tienen bajos ingresos. Algunos de estos programas pueden ayudarle a pagar el alquiler, mientras que otros pueden ayudarle a comprar su propia casa.
El más conocido de los programas para la vivienda es el de la Sección 8. Este programa le puede ayudar de distintas maneras:
- El Programa de la Sección 8 de Vales de Elección de Vivienda (Housing Choice Voucher Program), llamado también la Sección 8 en base al inquilino (tenant-based Section 8) ayuda a personas con bajos ingresos a pagar el alquiler de viviendas de propiedad privada.
- El Programa de la Sección 8 en Base al Proyecto ayuda a las personas a pagar el alquiler en ciertos proyectos de viviendas urbanos de propiedad privada.
- El Programa de la Sección 8 para la Compra de Viviendas (Sección 8 Homeownership Program) ayuda a personas con bajos ingresos a comprar su propia casa.
Además de los programas de la Sección 8, hay otros programas que pueden ayudarle a pagar el alquiler, comprar una casa o evitar la pérdida de su casa por ejecución judicial (foreclosure). A continuación, mencionamos algunos de estos otros programas:
- Vivienda pública (Public housing) — apartamentos de propiedad pública de bajo alquiler.
- El programa de Oportunidades de Vivienda para Personas con VIH/SIDA (Housing Opportunities for Persons with AIDS - HOPWA) — ayuda a personas con VIH/SIDA y a sus familias.
- El programa de Cuentas de Desarrollo Individual (Individual Development Accounts - IDA) — ayuda a las personas a ahorrar dinero para comprar una casa.
Hay además varios programas que ofrecen asesoramiento a personas que confrontan dificultades para pagar la hipoteca de una casa de su propiedad.
Este artículo explicará estos diferentes programas y la manera de presentar una solicitud para participar en ellos. Explicará también cómo funciona la Exclusión de Ingresos Ganados (Earned Income Disregard - EID). La ventaja de la exclusión EID es que si usted está recibiendo beneficios de uno de estos programas, tiene una discapacidad y consigue un empleo, no tendrá que preocuparse por la pérdida de sus beneficios o por el aumento inmediato de su alquiler.
Si usted es un/a indígena de los EE. UU., es posible que sea elegible para participar en programas de vivienda adicionales. Puede obtener más información acerca de algunos de estos programas del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano utilizando el siguiente sitio web: Southwest Office of Native American Programs.
También
La Calculadora de los beneficios y el trabajo
¿Piensa trabajar? Vea cómo podría mejorar su situación.
Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
La SSI ayuda a las personas con discapacidad que tienen escasos ingresos y recursos limitados.
AHCCCS
AHCCCS cubre a las personas con y sin discapacidad que tienen escasos ingresos.
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La Sección 8
La Sección 8 es un programa que ayuda a personas solteras y a familias con bajos ingresos a obtener viviendas decentes a precios económicos. El gobierno federal financia este programa y su administración local está a cargo de la Autoridad de Vivienda Pública (Public Housing Authority - PHA) en cada comunidad. Esa autoridad PHA está encargada de asignar los vales de elección de vivienda, mantener viviendas públicas y asegurar que la vivienda que usted obtiene sea segura, decente y económica. La Sección 8 consta de tres programas:
- El Programa de la Sección 8 de Vales de Elección de Vivienda (llamado también la “Sección 8 en base al inquilino”) es la parte más grande de la Sección 8. Al participar en este programa, usted paga cerca del 30% de los ingresos mensuales en su hogar para cubrir el alquiler de una vivienda de propiedad privada, mientras que el gobierno paga el resto. Una vez que se le expide un vale de la Sección 8, usted puede continuar utilizándolo aun si se muda a otra ciudad o estado. La única limitación es que debe haber una Autoridad de Vivienda Pública (PHA) en su comunidad que pueda ocuparse del vale en la jurisdicción a la que usted desea mudarse.
- El Programa de la Sección 8 de Viviendas en Base al Proyecto también ayuda a las personas a pagar el alquiler en viviendas de alquiler de propiedad privada. La diferencia es la siguiente: mientras que el programa de vales le permite alquilar una vivienda a través de cualquier propietario/a de casa dispuesto/a a alquilarle su propiedad, su participación en el programa de viviendas en base al proyecto le obliga a vivir en edificios específicos de propiedad privada en los cuales el/la propietario/a ha acordado reservar un número mínimo de apartamentos para inquilinos de bajos ingresos.
- El Programa de la Sección 8 para la Compra de Viviendases un programa ofrecido por algunas Autoridades de Vivienda Pública (PHA) que le permite utilizar dinero de un vale de la Sección 8 para comprar una casa y cubrir los gastos mensuales para mantener esa casa. Si usted o alguien en su familia tiene una discapacidad, es posible que se le permita utilizar su vale de la Sección 8 para comprar una vivienda si se considera que tener una casa de su propiedad es un acomodo razonable necesario. Le conviene pedir información de la autoridad de vivienda pública (PHA) en su comunidad sobre su Programa de Autosuficiencia Familiar (Family Self-Sufficiency Homeownership Program).
La elegibilidad para recibir los beneficios de estos 3 programas es básicamente la misma. Aquí explicaremos las reglas de elegibilidad y la manera de presentar la solicitud. Más adelante en este artículo, explicaremos con mayor detalle los 3 programas y cómo cada uno de ellos funciona.
Elegibilidad
Para tener derecho a recibir beneficios de la Sección 8, usted debe:
- Tener ingresos brutos bajos.
- Tener ciudadanía de los EE.UU. o ser un/a inmigrante elegible. La categoría de inmigrantes elegibles incluye residentes legales permanentes, refugiados, asilados y residentes temporales legales.
Cuando usted solicita beneficios de la Sección 8, los examinadores de su solicitud tomarán también en consideración:
- Sus antecedentes con programas federales para la vivienda
- Sus antecedentes criminales
- Sus antecedentes de crédito
Estos temas de elegibilidad se describen con mayor detalle a continuación.
Ingresos
Para participar en el programa de la Sección 8, usted debe tener ingresos muy bajos. El límite de ingresos exacto depende del número de personas que viven en su hogar y el sitio donde usted vive. La mayoría de las personas que reciben beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) son elegibles también para recibir beneficios conforme a la Sección 8.
El sitio web del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos incluye información detallada que usted puede revisar, basada en el año y en el condado donde usted reside. Visite este sitio web y haga clic en el año para el cual le interesa obtener información. Esto le llevará a la información sobre los límites de ingresos aplicables a su situación.
Bienes
La Sección 8 no incluye un límite de bienes. Sin embargo, cuando usted presenta su solicitud para beneficios conforme a la Sección 8, una parte de sus bienes posiblemente se tomará en cuenta como ingresos, lo cual quiere decir que si usted tiene suficientes bienes, sus ingresos no se considerarán lo suficientemente bajos para que sea elegible.
Cómo funciona:
Si los bienes de su hogar tienen un valor de $5,000 o menos, el personal de la autoridad PHA que examina su solicitud tomará en cuenta los ingresos que usted obtenga de esos bienes.
Usted tiene $3,000 en una cuenta de ahorros que gana el 1% en intereses. Los $30 que usted gana en intereses se tomarán en cuenta cuando se examina su solicitud de beneficios conforme a la Sección 8.
Si los bienes de su hogar tienen un valor de más de $5,000, los ingresos que obtenga de esos bienes posiblemente se tomarán en cuenta o, según la cantidad de ingresos que usted obtenga de sus bienes, la agencia que examina su solicitud psiblemente calculará la cantidad de dinero que en su opinión usted debería estar ganando, en base a sus bienes. Su cálculo se basará en la “tasa de interés de libreta” (passbook savings rate), una cifra determinada por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (Department of Housing and Urban Development - HUD).
Usted tiene $10,000 en una cuenta que gana el 1% en intereses. La tasa de interés de libreta de ahorros es del 2%, de manera que la autoridad PHA calculará que usted debería estar ganando el 2% en intereses. Ellos calcularán que usted debería tener $200 en ingresos, aunque en la realidad su cuenta le ganó solamente $100.
Sin embargo, el crecimiento de las inversiones en una cuenta ABLE no se cuenta como ingreso para la Sección 8. Las cuentas ABLE permiten que las personas que tienen discapacidad que comenzaron antes de los 26 años ahorren hasta $17,000 cada año. Solo se puede gastar el dinero en una cuenta ABLE para gastos aprobados relacionados con la discapacidad, que incluyen la vivienda. Obtenga más información sobre las cuentas ABLE.
Ciudadanía
Para obtener beneficios conforme a la Sección 8, usted u otro miembro de su hogar debe tener ciudadanía de los EE.UU. o ser persona extranjera con “estatus de inmigración elegible”. Esta clasificación incluye residentes legales permanentes, refugiados, asilados y residentes legales temporales.
Sus antecedentes con programas federales de vivienda
Si usted o alguien que reside en su hogar ha tenido uno de los siguientes problemas con una autoridad PHA, es posible que no pueda obtener asistencia conforme a la Sección 8:
- Se le obligó a desalojar de una vivienda pública
- Se le cancelaron los beneficios de otro programa de la Sección 8 por mala conducta
- Cometió un fraude u otro delito relacionado con el programa de vivienda
- Debe dinero a una autoridad PHA
Si usted no es elegible para participar en el programa de la Sección 8 debido a uno de estos problemas y el problema estuvo relacionado con su discapacidad, es posible que se le permita pedir una excepción a esta política del programa a manera de un acomodo razonable. Por ejemplo, si usted sufre de una enfermedad mental y el problema con su vivienda ocurrió porque no estaba tomando algún medicamento necesario, es posible que se le permita hacerse elegible otra vez para participar en un programa de vivienda pública si usted explica que ha comenzado a recibir tratamiento.
Si usted explica que su problema está relacionado con su discapacidad y la autoridad PHA le dice todavía que no es elegible, es posible que necesite obtener ayuda legal. A continuación incluimos dos recursos que le pueden ayudar:
- El Centro de Arizona para la Ley de Discapacidad (ACDL) ofrece información a personas discapacitadas
- El Colegio de Abogados de los Estados Unidos (The American Bar Association) tiene una lista de proveedores de servicios legales gratis.
Otros factores
Cuando usted presenta su solicitud, la autoridad PHA que examina su solicitud posiblemente tomará en cuenta otros factores también. Los siguientes son algunos de los factores que podrían ayudarle a obtener un vale conforme a la Sección 8:
- Tener una discapacidad
- Tener hijos
- Haber cumplido 62 años de edad o más
- Ser veterano/a de las Fuerzas Armadas de los EE.UU. o su viuda/o
- Ser una persona desamparada sin vivienda
- Residir en un refugio para personas desamparadas
La mayoría de las autoridades PHA tienen listas de espera para quienes desean participar en programas de la Sección 8. Algunas veces, personas con discapacidades o veteranos de las Fuerzas Armadas reciben preferencia en estas listas de espera, así que no deje de preguntar cómo funciona la lista de espera de la autoridad de vivienda pública en su comunidad. Describa cualquier factor importante que podría ayudarle a obtener su vale más rápido, inclusive los factores incluidos en la lista anterior.
La solicitud
Dónde presentar su solicitud
Usted puede presentar su solicitud de beneficios de la Sección 8 ante las autoridades de vivienda pública (PHA) en el área donde usted vive. En el estado de Arizona, hay docenas de estas agencias y usted debe presentar su solicitud ante todas las autoridades PHA ubicadas en áreas donde usted estaría de acuerdo en vivir y que tengan listas de espera “abiertas”.
Cada autoridad PHA tiene su propio formulario de solicitud que usted debe completar. Generalmente, en estos formularios se le pide que suministre la misma información, como, por ejemplo las personas que viven en su hogar, qué tipo de relación familiar tienen con usted, cuál es el monto de sus ingresos y si usted tiene alguna discapacidad.
Si tiene dificultades para completar su solicitud para la Sección, pida al personal de la autoridad de vivienda pública que le ayude. Nunca tendrá que pagar para hacer su solicitud. Es ilegal que alguien le venda una solicitud o un vale para recibir beneficios de la Sección 8.
Si su discapacidad dificulta en alguna forma que pueda completar su solicitud, el personal de la agencia PHA en la que está presentando su solicitud tiene la obligación de ofrecerle un acomodo razonable. El acomodo razonable durante el proceso de la solicitud podría incluir lo siguiente:
- Ayuda para completar los formularios de la solicitud
- Formularios en Braille
- Tiempo extra para completar la solicitud
- Ayuda para encontrar un apartamento
Las listas de espera
Es importante presentar su solicitud ante varias autoridades PHA porque muchas tienen listas de espera. Si su solicitud se incluye en una lista de espera no recibirá beneficios por mucho tiempo. El tiempo que tendrá que esperar en la lista varía. Al presentar su solicitud ante más de una autoridad PHA, tendrá más posibilidades de comenzar a recibir beneficios de la Sección 8 con menos demora. Observe que la mayoría de las autoridades PHA dan preferencia a personas que ya son residentes del área, de manera que si usted solicita beneficios en un programa que no está en el área donde usted vive, es posible que tenga que esperar más tiempo para obtener un vale.
Desafortunadamente, algunas listas de espera están “cerradas”. Esto significa que la autoridad PHA ni siquiera le permitirá presentar su solicitud. Sin embargo, podrá presentar su solicitud ante cualquier PHA que tenga una lista “abierta”.
Si usted presenta su solicitud y le ponen en una lista de espera, es muy importante que mantenga su información para comunicaciones al día con la autoridad PHA. Si la autoridad trata de comunicarse con usted y no puede localizarle, pensará que ya no desea obtener el vale y sacará su nombre de la lista de espera, lo cual significa que usted no obtendrá beneficios de la Sección 8. Por eso, mantenga su información al día y conteste cada vez que ellos tratan de comunicarse con usted.
Si usted no contesta una carta de la autoridad de vivienda pública pidiéndole que ponga su información al día, su nombre posiblemente se eliminará de la lista de espera. Si tiene una discapacidad, puede pedir que su nombre se vuelva a incluir en la lista a manera de un acomodo razonable.
Cuando usted llega al principio de la lista de espera, la autoridad PHA examinará su solicitud y su información personal para asegurarse de que usted sea elegible para recibir beneficios de la Sección 8. Si es elegible, tendrá que asistir a una sesión de instrucción sobre la Sección 8 (Section 8 Briefing).
En esta sesión, el personal de la autoridad PHA le explicará cómo funciona el programa en que usted va a participar, ya sea que se trate del programa de vales, de un programa de vivienda en base al proyecto o de un programa para la compra de una vivienda. Después de la sesión, usted tendrá que buscar un apartamento o una casa, según el beneficio de la Sección 8 que recibe. Más adelante en este artículo explicaremos esos programas.
Si su solicitud ha sido negada, la autoridad PHA tendrá que explicarle por qué se negó y cómo usted puede apelar la decisión. Si desea apelarla, hágalo de una vez porque hay un plazo para hacer apelaciones.
Si la razón por la cual su solicitud se negó está relacionada con su discapacidad, usted puede pedir otra oportunidad para completar su solicitud. Por ejemplo, si le costó mucho esfuerzo llenar el formulario porque tiene dificultades para ver, o si no pudo completarlo en el tiempo establecido porque su movilidad es limitada, la agencia PHA tiene la obligación de permitir que vuelva a hacer su solicitud.
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La SSI ayuda a las personas con discapacidad que tienen escasos ingresos y recursos limitados.
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Programas de vivienda
- Puntos básicos
- La Sección 8
- Cómo funcionan sus beneficios de la Sección 8
- Otros subsidios del alquiler
- Apoyo para propietarios de casa
- Exclusión de ingresos ganados
- Ejemplo
- Preguntas frecuentes
- Dificultades frecuentes
- Próximos pasos
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Cómo funcionan sus beneficios de la Sección 8
Cada uno de los 3 programas de la Sección 8 explicados en este artículo — el Programa de Vales de Elección de Vivienda, el Programa de Vivienda en base al Proyecto, y el Programa para la Compra de Viviendas — funciona de una manera distinta. A continuación explicaremos la manera en que cada programa funciona.
El Programa de Vales de Elección de Vivienda de la Sección 8
El Programa de Vales de Elección de Vivienda, llamado también la Sección 8 en base al inquilino (tenant-based Section 8) es el programa más grande de la Sección 8. Este programa ayuda a personas de bajos ingresos a pagar el alquiler de viviendas de propiedad privada. Con la ayuda de este programa, usted paga cerca del 30% de los ingresos mensuales de su hogar y el gobierno paga el resto. Una vez que usted obtiene un vale de la Sección 8, puede llevarlo (al mudarse) a otra ciudad o estado, siempre que haya una autoridad PHA que pueda ocuparse del vale en el área donde usted desea vivir.
El tamaño de la unidad de vivienda que usted tiene derecho a alquilar
Si usted solicita beneficios de la Sección 8, es elegible y recibe aprobación para participar en el programa de vales, tendrá que visitar a su autoridad PHA para asistir a una sesión de instrucción sobre la Sección 8. Durante esta sesión, el personal de la PHA posiblemente le dará una lista de propietarios dispuestos a alquilar viviendas de alquiler en esa área a participantes en el programa de la Sección 8, y le indicará el tamaño de la unidad para la cual usted es elegible, según el número de personas que viven en su hogar y la cantidad del vale. El tamaño de la unidad de vivienda que usted puede obtener dependerá de su situación y de las políticas de la autoridad PHA, e incluye factores como los siguientes:
- La cantidad del vale expedido a su familia
- El número de personas que vive en su hogar
- Su(s) edad(es), género(s) y el parentesco entre ellos
- Las condiciones médicas y discapacidades de los miembros del hogar.
Por ejemplo, si usted tiene una discapacidad y necesita los servicios de un/a asistente personal que vive con usted, o de personal que le dé apoyo durante la noche, es posible que le permitan alquilar un apartmento con un mayor número de recámaras.
La mayoría de las personas que participan en el programa de vales de la Sección 8 obtienen apartamentos o casas unifamiliares, pero si usted tiene una discapacidad, podrá utilizar su vale también para pagar el costo de un hogar colectivo, vivienda compartida, vivienda congregada (congregate housing), habitación, o instalación de vida asistida. Para pagar el costo de uno de estos tipos especiales de vivienda, usted tendrá que solicitarla como un acomodo razonable. Si la autoridad PHA no quiere autorizar esto, llame a un/a consultor/a de incentivos de trabajo o comuníquese con la oficina regional de HUD.
La obtención de una vivienda
Después de la sesión de instrucción sobre la Sección 8, usted contará con una cantidad limitada de tiempo para encontrar un lugar donde vivir. Generalmente, el plazo es de entre 60 y 120 días (de 2 a 4 meses). Puede ser difícil encontrar un apartamento económico en tan corto tiempo. Si usted tiene una discapacidad y necesita más tiempo para seguir buscando vivienda, puede solicitar tiempo extra como un acomodo razonable.
Los siguientes son dos sitios web donde puede iniciar su búsqueda de una vivienda a un precio económico:
- El sitio web de Arizona Department of Housing
- El sitio web del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD)
Si es difícil encontrar una unidad dentro del rango de precios indicado por la autoridad PHA en su comunidad, la autoridad posiblemente aumentará un poco el monto permitido del alquiler. Si aun así usted no puede encontrar una vivienda apropiada, la autoridad puede enviar una solicitud al Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (Housing and Urban Development - HUD) pidiendo un “monto de pago especialmente aprobado” (specially approved payment amount) que le permita alquilar una vivienda con un alquiler más alto. No dude en pedir a la autoridad PHA en su comunidad que le ayude en todo lo posible.
Los dueños de propiedades de alquiler no están legalmente obligados a aceptar vales de la Sección 8 y algunos posiblemente se negarán a alquilarle una vivienda si usted quiere utilizar vales. Sin embargo, es ilegal que se nieguen a alquilarle porque usted tiene una discapacidad. Si usted considera que un propietario está negándose a alquilarle su apartamento debido a su discapacidad, esto podría considerarse discriminación y posiblemente una violación de la Ley de equidad en la vivienda. Usted debe reportar el incidente a la autoridad PHA y pedir su ayuda.
Si le parece que le han discriminado, puede también utilizar los siguientes recursos:
- El Centro de Arizona para la Ley de Discapacidad (ACDL)
- Los proveedores de servicios legales gratis que aparecen en la lista publicada por el Colegio de Abogados de los Estados Unidos
- El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD)
Si usted encuentra una vivienda que puede alquilar a un precio accesible y para la cual se aceptará su vale de la Sección 8, hay algunos pasos más que debe tomar. Muchos propietarios desean verificar su historia crediticia, sus antecedentes criminales y sus antecedentes como inquilino/a. Además, la autoridad PHA debe inspeccionar la unidad alquilada antes de comenzar a hacer pagos al/a la dueño/a.
Si usted encuentra una vivienda de su agrado, pero la unidad necesita ciertas modificaciones que la hagan accesible para usted, la autoridad PHA posiblemente hará pagos más altos a su dueño/a para ayudarle a cubrir el costo de las modificaciones. Si las modificaciones que usted necesita son razonables, los dueños tienen la obligación de permitirlas.
Lo que usted pagará
Después de conseguir su apartamento, tendrá que pagar entre el 30% y el 40% de los ingresos de su hogar en alquiler. Por ejemplo, si usted gana $1,000 por mes, es posible que tenga que pagar $300 por mes. El gobierno federal pagará el resto del alquiler del apartamento. Es posible que usted tenga que pagar un poquito menos si tiene derecho a recibir créditos relacionados con su discapacidad o sus gastos médicos.
La duración de la asistencia conforme a la Sección 8
Una vez que usted haya obtenido el vale de la Sección 8 y alquilado un apartamento, la Sección 8 continuará ayudándole a pagar el alquiler mientras sus ingresos u otras circunstancias de la familia no cambien. Lo único que tiene que hacer es mantener al día con la autoridad PHA la información sobre sus ingresos y su información para comunicaciones. Una vez al año, la autoridad de la vivienda pública inspeccionará su apartamento para asegurarse de que continúa en buenas condiciones.
Si usted se muda a otro apartamento en cualquier parte de los Estados Unidos donde haya una autoridad PHA, podrá continuar recibiendo beneficios de la Sección 8 sin tener que presentar otra solicitud.
Si sus ingresos aumentan
Si sus ingresos aumentan, usted pagará aproximadamente el 30% de sus ingresos en alquiler, pero, como estará ganando más dinero, ese 30% representará más dinero y el programa de la Sección 8 pagará menos.
El año pasado, usted se mudó a un apartamento que cuesta $800 por mes. Antes, usted ganaba $1,000 por mes y sólo pagaba $300 por mes de alquler. La Sección 8 pagaba el saldo de $500 por mes.
Hace dos meses, usted obtuvo un mejor empleo donde le pagan $1,500 por mes. Como está ganando más, usted tiene que pagar ahora $450 de alquiler cada mes por el apartamento y la Sección 8 paga sólo $350.
Si llega a ganar el dinero suficiente para que el 30% de sus ingresos sea suficiente para pagar todo el alquiler, la Sección 8 dejará de ayudale a pagar su alquiler. Sin embargo, si sus ingresos bajan durante los primeros 6 meses después de la descontinuación del subsidio de la Sección 8, la Sección 8 comenzará a ayudarle a pagar su alquiler de nuevo y usted no tendrá que presentar otra solicitud.
Usted obtuvo un ascenso en su empleo y gana ahora $2,700 por mes. El 30% de su sueldo es $810, lo cual es más que el total del alquiler de su apartamento. La Sección 8 no pagará ninguna parte de su alquiler, pero, si sus ingresos bajan durante los siguientes 6 meses, el programa de la Sección 8 posiblemente comenzará a ayudarle de nuevo.
La Exclusión de ingresos ganados (Earned Income Disregard - EID)
Si usted tiene una discapacidad, posiblemente será elegible para recibir una Exclusión de Ingresos Ganados (EID). Esto significa que aun si obtiene un empleo, es posible que su alquiler no suba nada durante el primer año en que está trabajando. La exclusión se describe más adelante en este artículo.
El Programa de Vivienda en Base al Proyecto
Con el Programa de Vivienda en Base al Proyecto, la autoridad PHA ha celebrado un contrato directo con el/la dueño/a de una unidad de vivienda poniéndola a la disposición de personas con beneficios de la Sección 8 para que residan en ella. Cuando uno de estos apartamentos de propiedad privada se desocupa, la autoridad lo ofrecerá a alguien en la lista de espera de la Sección 8.
La elegibilidad para participar en el Programa de Vivienda en Base al Proyecto es la misma que la del Programa de Vales de Elección de Vivienda y el monto que usted tiene que pagar en alquiler se calcula de la misma manera (usted tendrá que pagar cerca del 30% de sus ingresos en alquiler). Si usted tiene una dispacidad, es posible que sea elegible para recibir la Exclusión de Ingresos Ganados, descrita con mayor detalle más adelante en este artículo.
Las diferencias más importantes entre el Programa de Vivienda en Base al Proyecto y el Programa de Vales de Elección de Vivienda son las siguientes:
- Si usted participa en el Programa de Vivienda en Base al Proyecto de la Sección 8, se le ofrecerá una vivienda económicamente accesible en un apartamento específico y usted no podrá elegir el apartamento.
- Si usted se muda de ese apartamento, posiblemente perderá su beneficio de la Sección 8.
Una parte importante del Programa de la Sección 8 de Vivienda en Base al Proyecto consiste en que muchas autoridades PHA reservan algunos de los apartamentos del programa específicamente para personas con discapacidades, veteranos y otras personas en situaciones específicas. Algunas de las viviendas de este programa posiblemente tendrán ya instalados servicios de apoyo para personas que reciben estos “Vales de propósito especial”.
El programa de Vales de la Sección 8 para la Compra de Viviendas
Algunas autoridades PHA ofrecen el Programa de la Sección 8 de Vales para la Compra de Viviendas, el cual le permite utilizar el dinero de un vale de la Sección 8 para comprar una casa o para cubrir los gastos mensuales de tener casa propia en vez de pagar alquiler. El monto del dinero que la Sección 8 ofrecerá para su casa será el mismo que el que recibiría para una unidad alquilada.
Lea la página de DB101 sobre Solicitud y elegibilidad de la Sección 8 para enterarse de la manera de obtener beneficios conforme a la Sección 8. Si usted ya tiene un vale, verifique con la autoridad PHA en su comunidad la posibilidad de utilizar su vale para comprar una vivienda. Si usted quiere comprar una casa y no tiene un vale todavía, presente su solicitud ante autoridades PHA que permitan el uso de los vales para la compra de viviendas.
La mayoría de los requisitos de elegibilidad son exactamente los mismos que los del programa de vales normal de la Sección 8, pero hay algunos requisitos adicionales:
- Ningún miembro de su hogar puede ser propietario de una casa en la actualidad o haber sido propietario de una casa durante los últimos 3 años
- Ningún miembro de su hogar puede haber recibido antes ayuda para la compra de una casa y haber incumplido las obligaciones de su hipoteca
- Usted debe asistir a un programa completo de asesoramiento para propietarios de casa
- Si usted no es persona discapacitada o de edad avanzada, tiene que estar trabajando de tiempo completo.
Observe que si usted o alguien en su familia tiene una discapacidad, hay un probabilidad mayor de que se le permita usar su vale de la Sección 8 para comprar una vivienda si tener una casa de su propiedad se considera como un acomodo razonable.
La compra de una vivienda
Cuando usted tiene un vale que puede utilizar para comprar una casa, comience a buscar la que desea comprar. Al igual que para unidades de alquiler, la autoridad PHA en su comunidad posiblemente establecerá un plazo para la compra de la casa. Es posible también que ellos limiten el tamaño de la casa y el precio que se le permitirá comprar, y que haya reglas relacionadas con los tipos de hipoteca que se le permitirá obtener. No existe, sin embargo, ninguna limitación relacionada con el barrio en que usted debe vivir.
Una vez que usted haya encontrado la casa que desea comprar, la autoridad PHA la inspeccionará para asegurarse de que esté en condiciones decentes y que cumpla todas las normas regulatorias y de seguridad. Será necesario también que usted seleccione y pague a un/a inspector/a independiente para que inspeccione la casa.
Si la autoridad PHA aprueba la compra de la casa, usted puede proceder con la compra. Sin embargo, asegúrese de obtener un “contrato de compraventa” y entregar una copia del mismo a la autoridad de vivienda. Verifique con la autoridad PHA las estipulaciones que el contrato debe incluir. Si usted no entrega a la autoridad PHA una copia de este contrato, no podrá obtener ayuda para la compra de la vivienda conforme a la Sección 8.
Una vez que usted haya organizado todo y la compra efectivamente se haya realizado, la autoridad PHA calculará lo que usted tendrá que pagar mensualmente por su hipoteca y lo que el programa pagará conforme a la Sección 8. Al igual que con el subsidio del alquiler conforme a la Sección 8, el monto que usted tendrá que pagar será de aproximadamente el 30% de sus ingresos. Mientras sus ingresos y las circunstancias de su familia no cambien mucho, usted podrá seguir recibiendo la ayuda de la Sección 8 para la compra.
También
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Otros subsidios del alquiler
En Arizona, además de la Sección 8, hay varios programas que pueden ayudarle a pagar el alquiler. Cada uno de estos programas tiene sus propios requisitos de elegibilidad y sus reglas para continuar la elegibilidad, las cuales explicaremos a continuación. Si usted tiene preguntas acerca de estos programas u otros que pueden estar a su disposición, comuníquese con el Departamento de Vivienda de Arizona.
La vivienda pública
La vivienda pública consiste en unidades de alquiler de propiedad de la agencia PHA local y administrada por ella, para personas de bajos ingresos. Las unidades de vivienda pública son de distintos tamaños y tipos, desde casas unifamiliares hasta edificios grandes de apartamentos.
Las viviendas públicas son muy accesibles económicamente; por lo general, usted tiene que pagar en alquiler solamente el 30% de los ingresos de su hogar.
La eligibilidad
Para tener derecho a alquilar una vivienda pública, usted debe:
- Tener ingresos bajos
- Tener ciudadanía de los EE.UU. o ser persona inmigrante elegible. Los inmigrantes elegibles incluyen residentes legales, refugiados, asilados y residentes temporales legales.
Si sus ingresos son lo suficientemente bajos para establecer su elegibilidad, la autoridad PHA local examinará también:
- Sus referencias, para asegurarse de que usted y su familia sean buenos inquilinos
- Sus antecedentes crediticios
- Sus antecedentes como inquilino
- Sus antecedentes criminales.
Al igual que con la Sección 8, si usted ha tenido problemas con una autoridad de vivienda en el pasado, o si debe dinero o ha causado daños a la propiedad de una autoridad PHA, es probable que no se le permitirá alquilar una vivienda pública.
Cómo presentar la solicitud
Presentar una solicitud para vivienda pública es muy parecido a presentar la solicitud para beneficios de la Sección 8. Usted tiene que presentar su solicitud ante la Autoridad de Vivienda Pública (PHA) en su comunidad y su solicitud se pondrá probablemente en una lista de espera.
Las listas de espera para viviendas públicas pueden ser muy largas y el tipo de vivienda que usted desea obtener posiblemente no estará disponible por mucho tiempo. Por esta razón, usted debe presentar su solicitud ante varios programas de viviendas públicas para ingresar a sus listas de espera. De esta manera, tendrá mejores oportunidades para obtener un apartamento.
Cuando completa su solicitud, debe asegurarse de mencionar también su discapacidad, porque algunas de las unidades están reservadas para personas discapacitadas.
Comuníquese con las autoridades de vivienda pública en su comunidad para localizar viviendas públicas en el área donde desea residir.
Si tiene preguntas acerca de la vivienda pública, puede comunicarse también con el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE.UU. (HUD) llamando al 1-800-955-2232.
Oportunidades de Vivienda para Personas con VIH/SIDA (HOPWA)
Si algún miembro de su familia tiene HIV/AIDS y los ingresos de su hogar se clasifican como bajos o moderados, es posible que usted pueda obtener asistencia para pagar los costos de su vivienda a través del programa de Oportunidades de Vivienda para Personas con VIH/SIDA (HOPWA). El programa HOPWA puede ayudarle, durante un tiempo corto, a pagar el alquiler, la hipoteca y los servicios públicos — gas, electricidad y agua.
Hay cuatro agencias de vivienda en el estado de Arizona que ofrecen ayuda conforme al Programa HOPWA:
-
El Departamento de Vivienda de Arizona
- Teléfono: 602-771-1000
- TTY: 602-771-1001
- Fax: 602-771-1002
-
El Departamento de Vivienda de la Ciudad de Phoenix (City of Phoenix Housing Department)
- Teléfono: 602-262-6794
-
El Departamento de Vivienda y Desarrollo de la Comunidad de Tucson
- Teléfono: 520-791-4171
- Fax: 520-791-5407
-
La Autoridad de Vivienda del Condado de Cochise
- Teléfono: 520-432-8880
- TTY: 520-432-8360
- Fax: 520-432-8890
También
La Calculadora de los beneficios y el trabajo
¿Piensa trabajar? Vea cómo podría mejorar su situación.
Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
La SSI ayuda a las personas con discapacidad que tienen escasos ingresos y recursos limitados.
AHCCCS
AHCCCS cubre a las personas con y sin discapacidad que tienen escasos ingresos.
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Apoyo para propietarios de casa
Las cuentas de Desarrollo Individual
Una Cuenta de Desarrollo Individual (IDA) es un tipo de cuenta en la cual usted puede ahorrar dinero para comprar una casa, pagar los costos de una educación superior o financiar un negocio pequeño. Para abrir una cuenta IDA, usted debe encontrar un programa de cuentas IDA en el área donde usted vive y cumplir ciertos requisitos. Una vez que usted haya abierto su cuenta, el patrocinador de su programa de cuentas IDA añadirá contribuciones de igualación a los fondos que usted deposita, para que el valor de su cuenta aumente con mayor rapidez.
Nota: Ya no hay tantos programas IDA como antes. Algunos siguen, pero puede ser necesario hacer un esfuerzo para encontrar un programa que está aceptando nuevos participantes.
Los requisitos de elegibilidad varían. Generalmente, sus ingresos anuales deben estar dentro del 200% del Índice Federal de Pobreza ($29,160 in 2023) y usted debe tener algún tipo de ingresos ganados. Usted debe además participar en un plan de capacitación financiera una vez que se haya inscrito en el programa.
La mayor ventaja de una cuenta IDA es que cada vez que usted deposita dinero en ella, el patrocinador de su programa IDA “igualará” el monto de su depósito con dinero de su propio fondo. Otra ventaja consiste en que los programas IDA federalmente financiados le permitirán ahorrar dinero sin que usted tenga que preocuparse por el límite de bienes establecidos por programas como Seguridad de Ingresos Suplementarios (SSI).
Lázaro participa en un programa IDA en el cual está ahorrando dinero para comprar una casa. Su programa de cuentas IDA ofrece contribuciones de igualación de 2:1. Eso significa que cada vez que él deposita un dólar en su cuenta, el programa IDA contribuye dos dólares a esa cuenta. Lázaro decide depositar $300 en su cuenta cada mes durante 6 meses.

Los depósitos de Lázaro (6 meses × $300) | $1,800 |
Las contribuciones del programa IDA (6 meses × $600) | + $3,600 |
![]() | |
El total de dinero en la cuenta de Lázaro despues de 6 meses |
Debido a su cuenta IDA, Lázaro ha podido ahorrar tres veces la cantidad de dinero que podría haber ahorrado sin ella. Es suficiente dinero para comenzar a pensar en la compra de una casa.
Si a usted le interesa establecer una Cuenta IDA, trate de encontrar un programa IDA en su área. Hay buenos directorios de programas IDA en los siguientes sitios de la Internet: Prosperity Now y Assets for Independence Resource Center.
Usted puede encontrar más información acerca de los programas IDA en el artículo de DB101.
Cuentas ABLE
Si su discapacidad comenzó antes de que usted cumplió los 26 años, puede abrir una cuenta ABLE donde el dinero puede crecer libre de impuestos y donde no tendrá ningún impacto sobre la mayoría de los beneficios públicos que recibe. El dinero en una cuenta ABLE solo se puede utilizar para gastos aprobados relacionados con la discapacidad, que incluye gastos de vivienda como el alquiler, los pagos hipotecarios, y los impuestos inmobilarios.
Una cuenta ABLE le permte ahorrar para el future (incluyendo la compra de una casa), y su familia también puede contribuir a su cuenta. Pero hay un límite anual para las contribuciones totales de cualquier fuente: los depósitos totales en un año no pueden pasar de $17,000 )en 2023).
Los programas ABLE son establecidos por cada estado y si usted cumple con los requisitos para tener una cuenta, puede abrir su cuenta en cualquier estado que ofrece cuentas ABLE. No tiene que vivir en el mismo estado donde tiene la cuenta. El programa de cuentas ABLE de Arizona se llama AZ ABLE y solamente es para residentes de Arizona.
Obtenga más información sobre las cuentas ABLE.
Prevención de una ejecución hipotecaria (Foreclosure)
Si usted tiene dificultades para pagar su hipoteca, hay varios programas que le pueden ayudar. El primer paso para obtener ayuda es llamar a la línea de atención rápida (hotline) para casos de ejecución hipotecaria:
- Usted puede llamar a la Línea de Ayuda para Evitar las Ejecuciones Hipotecarias en Arizona marcando 1-877-448-1211.
- Making Home Affordable es una línea de atención rápida nacional atendida por consejeros las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Su número es el 1-888-995-HOPE (4673).
Personas expertas contestarán su llamada a estas líneas de atención rápida y le darán información acerca de lo que puede hacer para no perder su casa.
A continuación, mencionamos otros recursos que usted puede utilizar para evitar una ejecución hipotecaria:
- El Fiscal General de Arizona ofrece un libro que explica el proceso de ejecución hipotecaria.
- El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE.UU. (HUD) incluye varios recursos que los residentes de Arizona pueden utilizar para encontrar ayuda para evitar la ejecución hipotecaria.
- HUD cuenta también con una Guía para evitar la ejecución hipotecaria con información comprensiva sobre este tema.
También
La Calculadora de los beneficios y el trabajo
¿Piensa trabajar? Vea cómo podría mejorar su situación.
Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
La SSI ayuda a las personas con discapacidad que tienen escasos ingresos y recursos limitados.
AHCCCS
AHCCCS cubre a las personas con y sin discapacidad que tienen escasos ingresos.
Programas de vivienda
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Exclusión de ingresos ganados
Muchos programas de vivienda tienen una regla llamada la Exclusión de Ingresos Ganados (EID) que permite a las personas con discapacidades continuar pagando el mismo monto por su alquiler o hipoteca durante un año después de comenzar a trabajar, sin que importe la cantidad de sus ingresos. Con una exclusión EID, usted no tiene que preocuparse por posibles cambios en sus beneficios de vivienda, como los de la Sección 8, o de un aumento inmediato del monto de su alquiler si usted consigue un empleo.
Con la Exclusión de Ingresos Ganados, si usted consigue un empleo, la autoridad PHA no tomará en cuenta el dinero que usted gana en ese empleo durante el primer año después de que empiece a trabajar. Esto significa que su alquiler no aumentará. Durante el segundo año después de que empiece a trabajar, la autoridad PHA tomará en cuenta la mitad de los ingresos de su empleo. Después del segundo año, la totalidad de sus ingresos se tomarán en cuenta cuando la autoridad PHA decide si usted continúa siendo elegible para recibir beneficios.
Para tener derecho a recibir la Exclusión de Ingresos Ganados, usted o un miembro de su familia debe tener una discapacidad y participar en uno de los siguientes programas:
- El Programa de Vales de la Sección 8
- Un programa de vivienda pública
- El Programa de Asociación para Inversiones en Vivienda HOME (HOME Investment Partnerships Program)
- El Programa de Oportunidades de Vivienda para Personas con VIH/SIDA (HOPWA)
Hay algunos detalles que no deben olvidarse. Si usted está participando en el Programa de Vales de Elección de Vivienda de la Sección 8, la única manera de obtener elegibilidad para recibir una exclusión EID es la siguiente: un miembro de la familia con una discapacidad tiene que ser la persona que ha tenido un aumento en sus ingresos. Ese miembro de la familia puede ser usted u otra persona que vive en su hogar, pero esa persona debe tener una discapacidad.
En relación con la vivienda pública, la familia puede ser elegible para recibir una exclusión EID si cualquier miembro de la familia tiene un aumento en sus ingresos, si por lo menos uno de los miembros de la familia tiene una discapacidad.
Un aumento en los ingresos puede significar una de dos cosas:
1. Sus ingresos aumentan cuando usted pasa de ser una persona sin empleo a una persona con empleo.
2. Sus ingresos aumentan cuando usted obtiene un aumento en su sueldo.
¡Cualquier aumento se toma en cuenta!
Usted o su familia deberá cumplir también uno de los siguientes requisitos:
- Cuando usted o un miembro de su familia aumenta sus ingresos consiguiendo un empleo, ese empleo deberá ser el primero que usted o ese miembro de su familia ha tenido en un año o más.
- Los ingresos totales de su familia durante el año anterior al aumento de sus ingresos debe haber sido de menos del límite establecido por la autoridad PHA en su área. (Usted puede encontrar el límite exacto llamando por teléfono a su autoridad PHA).
- Su familia debe haber estado recibiendo beneficios de Asistencia en Efectivo de TANF o haber estado participando en un programa de empleos a través de ese programa durante los 6 meses anteriores a la fecha en que usted o un miembro de su familia obtuvo el nuevo empleo.
- Usted o un miembro de su familia debe haber obtenido su empleo mientras participaba en un programa de capacitación para trabajar o para alcanzar autosuficiencia.
Beverly tiene un apartamento cuyo alquiler le cuesta $800 mensuales. Gracias a su Programa de Vales de Elección para la Vivienda de la Sección 8, ella paga solamente $100 por mes y la Sección 8 paga el resto. Ella acaba de obtener un empleo donde gana $1,000 por mes.
Ella está contenta con el empleo, pero le preocupa que su alquiler vaya a aumentar. Si ella tuviera que pagar de su bolsillo el alquiler total de $800, no le quedaría dinero suficiente para sus otras necesidades. Ella llama a su asistente social en la autoridad PHA en su comunidad. Su asistente social le dice que debido a su discapacidad, ella es elegible para la Exclusión de Ingresos Ganados (EID). Como la autoridad PHA no tomará en cuenta sus ingresos, Beverly continuará pagando la misma cantidad de alquiler por su apartamento, $100, aunque sus ingresos han aumentado.
Pasa un año y a Beverly le va bien en su empleo. La autoridad PHA examina la situación de Beverly, inclusive sus ingresos, y decide que ha llegado el momento de comenzar a tomar en cuenta la mitad del dinero que ella gana como ingresos al calcular sus beneficios conforme a la Sección 8. La autoridad PHA toma en cuenta $500 de sus ingresos, no los $1,000 en su totalidad.
Considerando sus ingresos de $500 por mes, Beverly tiene que pagar el 30% de los $500 en alquiler, o sea, $150 ($500 x 30%). Esta cantidad se suma a los $100 que estaba pagando originalmente, cuando consiguió el empleo, de manera que el nuevo monto que ella paga en alquiler es de $250 ($100 + $150).
Para obtener más información acerca la Exclusión de Ingresos Ganados, comuníquese con la autoridad PHA en su área o hable con un/a consultor/a de incentivos de trabajo.
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Ejemplo
Cómo obtener beneficios de la Sección 8
David era un alpinista entusiasta. Desafortunadamente, se resbaló mientras escalaba una ladera en el Gran Cañón hace varios años. Tuvo la suerte de sobrevivir la caída, pero el accidente le dañó la columna vertebral y él perdió la movilidad de sus piernas.
Antes de sufrir esta lesión, él trabajaba en obras de construcción, pero después del accidente no pudo continuar trabajando en ese campo. David decidió asistir a clases en una institución de enseñanza superior de dos años (community college) para obtener capacitación como técnico de sonido. En ese momento, solicitó también ayuda del programa AHCCCS para cubrir sus gastos médicos y beneficios del programa Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), con el fin de obtener dinero para vivir.
David era elegible para participar en ambos programas, pero desafortunadamente, el beneficio de SSI no iba a alcanzar para cubrir todos sus gastos, especialmente su alquiler. David estaba viviendo entonces con algunos amigos, pero él sabía que no podía hacer esto indefinidamente. Sin saber qué hacer, David llamó al centro para la vida independiente en su comunidad y pidió hablar con un/a planificador/a de beneficios. Ellos lo pusieron en comunicación con Barry y programaron la primera entrevista durante esa misma semana.
“Bueno, David”, dijo Barry, después de examinar toda la información de elegibilidad de David, “me parece que eres elegible para recibir beneficios de la Sección 8. Si participas en ese programa, el gobierno federal pagará una parte de tu alquiler”.
David había oído hablar de la Sección 8, pero no sabía que se aplicaría a su caso. “¡Me parece una gran idea!” exclamó. “¿Dónde puedo inscribirme?”
“Lamentablemente”, dijo Barry, “en realidad tendrás que inscribirte en varios lugares. La Sección 8 recibe su financiamiento del gobierno federal, pero la administran numerosos programas locales llamados Autoridades de Vivienda Pública”. Barry entregó a David una lista de las Autoridades de Vivienda Pública con sus direcciones. “Cada Autoridad de Vivienda Pública tiene su propio formulario de solicitud y no hay manera de determinar cuál de ellas decidirá darle un vale de la Sección 8, cuál decidirá no darle un vale y cuál pondrá su solicitud simplemente en una lista de espera. Lo que más te conviene es presentar una solicitud ante todas las Autoridades de Vivienda Pública en el área donde quieres vivir y esperar entonces para ver cuál de ellas te responderá primero”.
David examinó la lista y marcó con un círculo las que estaban más cerca de su escuela. Decidió entonces proceder con calma y se puso como meta presentar una solicitud cada semana ante una Autoridad de Vivienda Pública distinta hasta cubrirlas todas. Mientras esperaba una contestación, comenzó a asistir a clases. Sus amigos acordaron que se quedara a vivir con ellos hasta que se aprobara su solicitud para la Sección 8, así que David se sintió algo seguro.
Dos meses después, David recibió una llamada de una de las Autoridades de Vivienda Pública, ubicada en el área que más le gustaba. El asistente social le dijo que debido a que él tenía una discapacidad, se le había asignado preferencia en la lista de espera y por eso le estaban llamando tan rápido. David y el asistente social programaron una entrevista para examinar juntos su elegibilidad.
Durante la entrevista, la asistente social hizo preguntas a David para asegurarse de que cumpliera con los requisitos de elegibilidad del programa. Le dijo que no tendría ninguna dificultad para establecer su elegibilidad. Al finalizar la entrevista, la asistente social programó con David una sesión de instrucción sobre la Sección 8 (Section 8 Briefing). Durante esta sesión, David recibió información acerca de la manera en que el programa de la Sección 8 funciona y la manera de encontrar un apartamento cuyo alquiler el vale del programa le ayudaría a pagar.
David se sintió muy contento. Sus amigos le ayudaron a buscar un apartamento ese fin de semana. Encontraron un apartamento que costaba solamente $600 por mes y que estaba bastante cerca de su escuela. David notificó a la Autoridad de Vivienda Pública del apartamento y ellos lo inspeccionaron para asegurarse de que estaba bien. Una vez aprobado el apartamento, calcularon la parte de los $600 que David tendría que pagar y la parte que el vale de la Sección 8 pagaría.
David estaba recibiendo ciertos ingresos de sus beneficios de SSI, así que él tendría que pagar $200 en alquiler cada mes. La Sección 8 pagaría el resto. Satisfecho con este arreglo, David firmó el acuerdo de arrendamiento y se mudó al apartamento.
La Exclusión de Ingresos Ganados
Después de asistir a clases por algún tiempo, David decidió que él podría manejar un empleo de tiempo completo para ayudarse a pagar su parte del alquiler. Tuvo la suerte de encontrar un empleo como cajero en un almacén de música. El empleo le pagaría $300 por mes, lo suficiente para pagar el alquiler con algo extra para otros gastos.
Al día siguiente, David llamó a Barry en el centro para la vida independiente.
“Barry”, le dijo por teléfono, “¡acabo de conseguir un empleo!”
“Fantástico!” le contestó Barry, “pero eso cambia algunas cosas”.
“Yo me temía que así sería”, respondió David con un suspiro. “¿Quieres que te vaya a ver?”
“Absolutamente. Tengo tiempo para una cita mañana por la mañana si estás libre”.
Los dos examinaron la situación nueva de David.
“Muy bien, tengo buenas noticias para ti, David”, dijo Barry. “Aunque tus ingresos han aumentado, eso no afectará tu alquiler durante el primer año. Tú sólo tienes que comunicarte con tu asistente social en la Autoridad de Vivienda Pública y pedir una Exclusión de Ingresos Ganados”.
David apuntó esa información. “¿Qué es eso que dijiste?” preguntó.
Barry le explicó, “Una Exclusión de Ingresos Ganados permite que las personas que, como tú, tienen una discapacidad pueden obtener beneficios de la Sección 8 después conseguir un empleo sin que su alquiler aumente, por lo menos durante un par de años. Tu alquiler no aumentará un sólo centavo durante el primer año después de que comiences a trabajar. Si después de ese año todavía estás trabajando, tu alquiler subirá algo, pero probablemente no mucho, porque el programa de la Sección 8 tomará en cuenta solamente el 50% de los ingresos de tu empleo”.
David no tuvo ninguna dificultad en aceptar esto. Llamó a la Autoridad de la Vivienda Pública e informó a su asistente social que había conseguido un empleo y que quería solicitar la Exclusión de Ingresos Ganados para evitar que su alquiler no aumentara nada durante el primer año después de que él entrara a trabajar.
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La Calculadora de los beneficios y el trabajo
¿Piensa trabajar? Vea cómo podría mejorar su situación.
Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
La SSI ayuda a las personas con discapacidad que tienen escasos ingresos y recursos limitados.
AHCCCS
AHCCCS cubre a las personas con y sin discapacidad que tienen escasos ingresos.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es la Sección 8?

La Sección 8 es un programa que ayuda a personas de bajos ingresos a pagar su vivienda. Puede ayudarle a conseguir un apartamento o comprar una casa. Si usted participa en un programa de vales, pagará generalmente el 30% de sus ingresos mensuales en alquiler. El gobierno federal pagará el resto.
Para tener derecho a recibir beneficios conforme a la Sección 8, usted debe:
- Tener bajos ingresos familiares
- Tener ciudadanía de los Estados Unidos o ser un/a inmigrante elegible. Los inmigrantes elegibles incluyen residentes legales permanentes, refugiados, asilados y residentes temporales legales.
- No haber tenido antes problemas con programas de vivienda financiados por el gobierno federal, como, por ejemplo, una orden de desalojar su vivienda o la comisión de un fraude.
Para obtener beneficios conforme a la Sección 8, usted tiene que presentar una solicitud ante las autoridades de vivienda pública (PHA).
¿Cuáles son los límites de ingresos para obtener beneficios de la Sección 8?

Casi todos los vales de vivienda los reciben personas de ingresos muy bajos. Los límites exactos varían según el número de personas en su hogar y el lugar donde usted vive.
El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE.UU. (HUD) puede indicarle los límites de ingresos que corresponden a su situación.
¿Hay límites de bienes para participar en programas de la Sección 8?

No. Para tener derecho a recibir beneficios de la Sección 8 no hay un límite máximo relacionado con el valor de los bienes que usted tenga. Sin embargo, cuando la autoridad PHA determina sus ingresos, tomará en cuenta como ingresos una parte de sus bienes. Aclaración: El crecimiento de las inversiones en una cuenta ABLE no se cuenta como ingreso para la Sección 8. Obtenga más información sobre las cuentas ABLE.
Además de los ingresos, ¿qué otros factores son importantes para obtener beneficios de la Sección 8 para la vivienda?

La autoridad PHA tomará en consideración toda su solicitud para decidir si usted es elegible Por lo tanto, asegúrese de completar los formularios de manera completa y correcta. Los factores que pueden ayudarle a establecer su elegibilidad para recibir beneficios de la Sección 8 incluyen:
- Tener una discapacidad
- Tener 62 años de edad o más
- Ser veterano/a de las Fuerzas Armadas de los EE.UU. o su viuda/o
- Ser una persona desamparada y sin vivienda
- Residir en un refugio para personas desamparadas
- Tener hijos
¿Cuál es la diferencia entre el Programa de la Sección 8 de Vales de Elección para la Vivienda y el Programa de Viviendas con Base en el Proyecto de la Sección 8?

El Programa de Vales de Elección para la Vivienda (llamado también “Sección 8 basada en el inquilino”) le permite escoger cualquier apartamento que usted desee, siempre que éste cumpla los requisitos de tamaño y precio establecidos por su autoridad PHA.
En el Programa de la Sección 8 de Viviendas con Base en el Proyecto, la autoridad PHA local ha contratado directamente con el propietario de ciertas unidades de alquiler para asegurar que beneficiarios del programa de la Sección 8 puedan vivir en ella. Cuando una de estas unidades se desocupa, la autoridad PHA la ofrece a alguien que esté esperando recibir una vivienda conforme al programa de la Sección 8.
La asistencia para viviendas de alquiler con base en el proyecto es la misma que la ofrecida por el programa de vales, y la solicitud y los requisitos de elegibilidad son también los mismos. Una diferencia significativa entre estos dos programas es que no siempre es posible conservar la asistencia ofrecida por el programa con base en el proyecto cuando usted se muda.
¿Me conviene presentar mi solicitud ante más de una autoridad PHA?

Sí, usted debe presentarla ante la autoridad PHA que administra cada una de las áreas donde usted desea vivir. En la mayoría de las áreas, no hay vales suficientes para ayudar a todas las personas que los desean obtener. Una vez completada su solicitud, es probable que se le ponga en una lista de espera. Si solicita beneficios ante varias autoridades PHA en el área donde desea vivir, probablemente recibirá un vale de la Sección 8 con mayor rapidez. La mayoría de las autoridades PHA asignan preferencia a residentes locales; por lo tanto, si usted presenta su solicitud fuera del área donde actualmente vive, probablemente tendrá que esperar más.
Busque autoridades de vivienda pública (PHA).
¿Qué pasará cuando seleccionan mi solicitud de la lista de espera?

Cuando su solicitud se selecciona de la lista de espera:
- Usted tendrá que pasar por un proceso de evaluación para asegurar que cumpla los requisitos de elegibilidad para participar en el programa.
- Si el resultado de la evaluación es positivo, deberá asistir a una sesión de instrucción en la oficina de la autoridad PHA para una sesión de instrucción sobre la Sección 8 (Section 8 Briefing).
- Después de la sesión de instrucción, usted tiene un plazo de 60 a 120 días (2 a 4 meses) para encontrar una unidad de alquiler a un precio accesible donde el propietario aceptará el vale del programa.
¿Podré obtener acomodos razonables que me ayuden a completar el proceso de solicitar beneficios de la Sección 8?

Sí. Si su discapacidad le dificulta cualquier parte del proceso de la solicitud, usted puede solicitar un acomodo razonable que le ayude a tener la oportunidad de participar en el programa. Los acomodos razonables podrían incluir cosas como ayuda para completar la solicitud, tiempo extra para encontrar una vivienda de alquiler o ayuda para encontrar una vivienda que responda a sus necesidades.
¿Qué debo hacer si la lista de espera de la autoridad PHA en mi área está cerrada?

Si una lista de espera está “cerrada”, eso significa que esa autoridad PHA no le permitirá presentar su solicitud. Usted necesita encontrar otras autoridades PHA en el área que tengan listas de espera “abiertas”. Busque otras autoridades de vivienda pública.
¿Qué debo hacer si me mudo o cambio mi número de teléfono después de solicitar beneficios de un programa de vivienda?

Notifique de inmediato a la autoridad PHA. Si la autoridad de vivienda trata de comunicarse con usted y no le puede localizar, posiblemente decidirá que usted no quiere participar en un programa de la Sección 8 y eliminará su nombre de la lista de espera. La mayoría de las autoridades PHA no solicitan a la oficina del correo que re-envíe correspondencia a otra dirección, así que es muy importante que usted mantenga su información para comunicaciones al día con la autoridad PHA.
¿Quién podrá ayudarme con mi solicitud para la Sección 8?

La misma autoridad PHA es la mejor fuente de ayuda para la solicitud. Si usted decide obtener ayuda en otro sitio, recuerde que nadie debe cobrarle nada por ayudarle a completar la solicitud de beneficios de la Sección 8; es ilegal vender una solicitud de beneficios o un vale de la Sección 8.
¿Qué podrá hacer si se niega mi solicitud de un vale de beneficios de la Sección 8?

Usted puede comunicarse con la PHA acerca de su decisión. Sin embargo, esa autoridad no tiene la obligación de ofrecer a los solicitantes una audiencia informal relacionada con cada decisión administrativa. Usted podrá también apelar la decisión tomada. Cuando la autoridad PHA le notifica de la negación de su solicitud, tiene la obligación de darle instrucciones para apelar esa decisión. Si usted decide apelarla, debe hacerlo sin pérdida de tiempo, porque hay un plazo dentro del cual hay que hacer la apelación.
¿Cómo podré encontrar un apartamento económicamente accesible?

Usted podrá iniciar su búsqueda de una vivienda a un precio económico en los siguientes sitios web:
- El sitio web de Arizona Department of Housing
- El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD)
Le conviene pedir también que su autoridad PHA le dé una lista de propietarios de vivienda de alquiler en su área.
¿Por cuánto tiempo durará mi vale de la Sección 8?

La Sección 8 ofrece asistencia a largo plazo. Mientras haya financiamiento y sus ingresos y otras circunstancias de su familia no cambien mucho, la Sección 8 continuará ayudándole.
¿Puede el programa de la Sección 8 ayudarme a comprar una casa o a pagar la hipoteca de mi casa actual?

Sí. La Sección 8 puede ayudarle ofreciéndole educación para propietarios de casa y asesoramiento para manejar una hipoteca. El programa le ayudará hasta con su pago inicial o con los costos de cierre para la compra. Sin embargo, no todas las autoridades PHA ofrecen estos servicios.
Para tener derecho a participar en este Programa de la Sección 8 para la Compra de Viviendas, usted debe:
- Estar participando en un programa de vales de la Sección 8 o ser elegible para participar en él
- No ser propietario/a de una casa en la actualidad ni durante los últimos tres años
- No haber recibido antes asistencia para propietarios o haber fallado en el cumplimiento de su hipoteca
- Asistir y completar un programa de asesoramiento para propietarios de casa
- Tener un empleo de tiempo completo, si no es persona discapacitada o de edad avanzada
Para obtener más información o para presentar su solicitud, pregunte a la autoridad PHA en su área si ellos permiten el uso de vales para comprar una casa. Busque autoridades de vivienda pública.
¿En qué consiste la vivienda pública?

La vivienda pública consiste en unidades de alquiler para personas con bajos ingresos de propiedad de una agencia del gobierno local y administrada por ella. Los requisitos de elegibilidad generalmente son los mismos que los del programa de vales de la Sección 8. Usted debe:
- Formar parte de un hogar de bajos ingresos
- Tener ciudadanía de los Estados Unidos o ser persona inmigrante elegible. Los inmigrantes elegibles incluyen residentes permanentes legales, asilados, refugiados y residentes temporales legales.
- No haber tenido problemas en el pasado con programas de vivienda financiados por el gobierno federal, como, por ejemplo, una orden de desalojar una vivienda o la comisión de un fraude.
Para solicitar beneficios de un programa de vivienda pública, comuníquese con autoridades de vivienda pública.
Debido a que las listas de espera para viviendas públicas pueden ser muy largas, usted debe presentar su solicitud ante varias autoridades PHA para mejorar las posibilidades de obtener una vivienda pronto.
¿Qué es el Programa de Oportunidades de Vivienda para Personas con VIH/SIDA (HOPWA)?

Si usted o un miembro de su hogar tiene VIH/SIDA y si los ingresos en su hogar son bajos o moderados, es posible que usted pueda obtener ayuda a pagar los costos de una vivienda a través del programa HOPWA. Este programa le podrá ayudar durante un tiempo corto a pagar su alquiler o hipoteca y servicios públicos.
La asistencia de HOPWA puede obtenerse a través de 4 agencias de vivienda en Arizona:
-
El Departamento de Vivienda de Arizona (Arizona Department of Housing)
- Teléfono: 602-771-1000
- TTY: 602-771-1001
- Fax: 602-771-1002
-
El Departamento de Vivienda de la Ciudad de Phoenix (City of Phoenix Housing Department)
- Teléfono: 602-262-6794
-
El Departamento de Vivienda y Desarrollo de la Comunidad de Tucson (Tucson Housing & Community Development Department)
- Teléfono: 520-791-4171
- Fax: 520-791-5407
-
La Autoridad de Vivienda del Condado de Cochise (Housing Authority of Cochise County - HACC)
- Teléfono: 520-432-8880
- TTY: 520-432-8360
- Fax: 520-432-8890
Si comienzo a trabajar, ¿perderé mis beneficios de la Sección 8 o de Vivienda Pública?

No necesariamente. Con el fin de animar a las personas a comenzar a trabajar, muchos de los programas de vivienda tienen una regla llamada la Exclusión de Ingresos Ganados (EID) que permite a los inquilinos con discapacidades que empiezan a trabajar pagar el mismo monto en alquiler durante el primer año después de empezar a trabajar.
¿Qué es la Exclusión de Ingresos Ganados (EID)?

La Exclusión de Ingresos Ganados es un beneficio que usted recibe cuando su autoridad PHA no toma en cuenta los ingresos que usted recibe al entrar a trabajar. Esto significa que si usted obtiene ayuda con su alquiler de un programa de vivienda y luego comienza a trabajar, su alquiler continuará igual por un año, aun si usted esté ganando más dinero. Durante su segundo año en el empleo, la autoridad PHA tomará en cuenta solamente la mitad del total de sus ingresos ganados. Esta regla significa que usted puede obtener un empleo sin tener que preocuparse por la posibilidad de no poder pagar su alquiler.
Para tener derecho a recibir la Exclusión de Ingresos Ganados, usted o un miembro de su hogar debe tener una discapacidad y estar participando en uno de los siguientes programas:
- El Programa de Vales de la Sección 8
- Un programa de vivienda pública
- Un Programa de Asociación para Inversión en Vivienda
- El Programa de Oportunidades de Vivienda para Personas con VIH/SIDA (HOPWA)
¿Quién puede ayudarme si tengo dificultades para hacer los pagos de mi hipoteca?

Si usted tiene dificultades para pagar su hipoteca, lo primero que debe hacer es llamar a un teléfono de contestación rápida para la prevención de ejecuciones hipotecarias (foreclosure hotline):
- Usted puede llamar a la Línea de Ayuda para Evitar las Ejecuciones Hipotecarias en Arizona marcando 1-877-448-1211.
- Making Home Affordable es una línea de atención rápida atendida por consejeros las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Su número es el 1-888-995-HOPE (4673).
En estas líneas de atención rápida encontrará personas expertas que contestarán su llamada y le darán información acerca de lo que puede hacer para no perder su casa.
También
La Calculadora de los beneficios y el trabajo
¿Piensa trabajar? Vea cómo podría mejorar su situación.
Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
La SSI ayuda a las personas con discapacidad que tienen escasos ingresos y recursos limitados.
AHCCCS
AHCCCS cubre a las personas con y sin discapacidad que tienen escasos ingresos.
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Dificultades frecuentes
Solicitar beneficios ante una sola Autoridad de Vivienda Pública
No hay suficientes vales de la Sección 8 o unidades de viviendas públicas para ayudar a todas las personas que necesitan encontrar vivienda. Cuando usted presenta su solicitud ante uno de estos programas, la autoridad PHA probablemente pondrá su solicitud en una lista de espera.
En algunas áreas, las listas de espera son muy largas. Para acelerar el proceso de obtener una vivienda, usted debe presentar su solicitud ante el mayor número posible de autoridades PHA.
Dejar de pedir ayuda
Si usted tiene dificultades para completar la solicitud o para encontrar un apartamento, informe a su autoridad PHA. Ellos le podrán ayudar.
Si su discapacidad dificulta cualquier parte del proceso de la solicitud, la autoridad PHA tiene la obligación de ofrecerle acomodos razonables. Es posible que pueda obtener un acomodo como, por ejemplo, ayuda adicional para completar la solicitud, tiempo extra para encontrar una vivienda de alquiler, o ayuda para encontrar una vivienda que responda a sus necesidades.
Dejar de volver a trabajar por miedo de perder el subsidio para su vivienda
Si usted obtiene beneficios conforme a la Sección 8, o si reside en una vivienda pública y tiene una discapacidad, puede solicitar una Exclusión de Ingresos Ganados (EID) que le permita trabajar sin que el monto de su alquiler aumente. Si usted obtiene la exclusión EID, los ingresos de su empleo no se tomarán en cuenta para calcular su alquiler durante el primer año después de que usted empiece a trabajar, de manera que la parte del alquiler que usted paga continuará igual. En el segundo año, la autoridad PHA tomará en cuenta solamente la mitad de sus ingresos ganados para calcular su parte del alquiler.
Dejar de responder a las cartas relacionadas con la lista de espera
La mayoría de las autoridades PHA ponen al día sus listas de espera con frecuencia para asegurarse de que todas las personas en la lista continúen interesadas en obtener un vale. Si usted no responde a una carta de una autoridad PHA, la autoridad posiblemente pensará que usted no desea el vale y eliminará su nombre de la lista.
Dejar de poner al día su información mientras está en la lista de espera
Mientras usted esté en la lista de espera, es muy importante que notifique a la autoridad PHA los cambios que ocurran en su información para comunicaciones. Si la autoridad PHA no le puede localizar, posiblemente eliminará su nombre de la lista de espera.
Dejar de obtener asesoramiento experto cuando se enfrenta a una amenaza de ejecución hipotecaria (foreclosure)
Si usted tiene dificultades para pagar su hipoteca, o si ya se ha iniciado un proceso de ejecución hipotecaria, puede ser muy difícil saber lo que debe hacer. Su primer paso debe ser llamar al teléfono de contestación rápida para evitar la ejecución hipotecaria (foreclosure hotline):
- Usted puede llamar a la Línea de Ayuda para Evitar las Ejecuciones Hipotecarias en Arizona marcando 1-877-448-1211.
- Making Home Affordable es una línea de atención rápida atendida por consejeros las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Su número es el 1-888-995-HOPE (4673).
También
La Calculadora de los beneficios y el trabajo
¿Piensa trabajar? Vea cómo podría mejorar su situación.
Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
La SSI ayuda a las personas con discapacidad que tienen escasos ingresos y recursos limitados.
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AHCCCS cubre a las personas con y sin discapacidad que tienen escasos ingresos.
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Próximos pasos
Obtenga más información
Obtenga más información sobre los programas de vivienda en Arizona:
- El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE.UU. (HUD) ofrece información excelente acerca de los programas de vivienda en Arizona y tiene también una oficina en Phoenix.
- Algunas autoridades PHA tienen información en línea. Usted puede obtener información también en las oficinas de las autoridades de vivienda pública.
- Usted puede ser elegible también para recibir ayuda con sus cuentas de servicios públicos, como, por ejemplo, gas y electricidad.
Encuentre apartamentos con alquileres económicamente accesibles:
- El Arizona Department of Housing que ofrece listas de viviendas en Arizona.
- El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano le permite buscar viviendas con subsidio por ciudad, condado o código postal.
Si tiene dificultades para pagar su hipoteca, comuníquese con una línea de atención rápida para evitar la ejecución hipotecaria (foreclosure hotline):
- Usted puede llamar a la Línea de Ayuda para Evitar las Ejecuciones Hipotecarias en Arizona marcando 1-877-448-1211.
- Haciendo casa asequible es una línea de atención rápida atendida por consejeros las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Su número es el 1-888-995-HOPE (4673).
Obtenga asesoramiento legal si tiene algún problema:
- El Centro de Arizona para la Ley de Discapacidad (ACDL) ofrece información a personas discapacitadas.
- El Colegio de Abogados de los Estados Unidos (The American Bar Association) tiene una lista de proveedores de servicios legales gratis.
Solicite asistencia para la vivienda
Para solicitar beneficios de los programas de vivienda de la Sección 8 o de Vivienda Pública, comuníquese con las autoridades de vivienda pública (PHA) en su área.
Para obtener ayuda con su alquiler a través del programa HOPWA, comuníquese con las 4 agencias de vivienda en Arizona que la ofrecen:
-
El Departamento de Vivienda de Arizona (Arizona Department of Housing)
- Teléfono: 602-771-1000
- TTY: 602-771-1001
- Fax: 602-771-1002
-
El Departamento de Vivienda de la Ciudad de Phoenix (City of Phoenix Housing Department)
- Teléfono: 602-262-6794
-
El Departamento de Vivienda y Desarrollo de la Comunidad de Tucson (Tucson Housing & Community Development Department)
- Teléfono: 520-791-4171
- Fax: 520-791-5407
-
La Autoridad de Vivienda del Condado de Cochise (Housing Authority of Cochise County - HACC)
- Teléfono: 520-432-8880
- TTY: 520-432-8360
- Fax: 520-432-8890
Si usted es indígena de los EE. UU., posiblemente será elegible para participar en programas de vivienda adicionales. Puede obtener más información del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano acerca de algunos de estos programas utilizando el siguiente sitio web utilizando Southwest Office of Native American Programs.
AZ LINKS – Un Centro de Recursos para Personas Discapacitadas
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El sitio web AZ Links del Centro de Recursos para Personas Discapacitadas y de la Tercera Edad (ADRC) ayuda a personas de edad avanzada, a personas discapacitadas, a los miembros de sus familias y al personal que las cuida a localizar recursos y servicios que puedan satisfacer sus necesidades para la vida independiente, su discapacidad, sus necesidades de vivienda, económicas y de salud. |
Localice servicios en su comunidad
Busque información utilizando estos enlaces:
- Ayuda para el pago del alquiler
- Consejos generales (Atención para la salud mental)
- Asesoramiento sobre beneficios y determinación de elegibilidad
- Servicios de colocación residencial para personas con discapacidades
- Vivienda colectiva para adultos con discapacidades
- Servicios de evaluación y/o eliminación de barreras en el hogar
- Ayuda para el pago de la hipoteca
También
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Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
La SSI ayuda a las personas con discapacidad que tienen escasos ingresos y recursos limitados.
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AHCCCS cubre a las personas con y sin discapacidad que tienen escasos ingresos.