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Cómo solicitar beneficios de las PHA
Las autoridades de vivienda pública (PHA) son agencias locales que administran muchos de los programas que figuran en este artículo, incluida la Sección 8 y la vivienda pública. Son el primer lugar al que debe acudir cuando piense en solicitar ayuda para su alquiler. En esta página se explican los aspectos básicos de cómo solicitar beneficios de vivienda en las autoridades de vivienda pública. En páginas posteriores se explica cómo obtener estos beneficios y cómo funcionan.
Cómo encontrar autoridades de vivienda pública locales
El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (Housing and Urban Development, HUD) supervisa las PHA y cuenta con una lista de autoridades de vivienda pública en Arizona. La mayoría de las PHA tienen listas de espera a fin de obtener los beneficios de la Sección 8 o ingresar a vivienda pública, por lo que es importante solicitar en más de una.
Las PHA administran la Sección 8, la vivienda pública, HOPWA (un beneficio de vivienda para personas con VIH/SIDA) y algunos proyectos de vivienda. También puede remitirle a otras posibilidades de vivienda.
Otras agencias también administran programas de vivienda. Estos son algunos ejemplos:
- El Departamento de Agricultura de los Estados Unidos cuenta con programas de vivienda rural.
- La Oficina del Sudoeste de Programas para Indígenas Americanos del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano.
- Algunos edificios de apartamentos de propiedad privada designan unidades para personas con escasos ingresos. Es posible que pueda solicitar directamente en sus oficinas de administración.
Cuando hable con las PHA, pregunte qué otras agencias podrían ayudarle.
La solicitud
Cada autoridad de vivienda tiene sus propios formularios que debe rellenar. Por lo general, estos formularios piden la misma información, como quién vive en su hogar, cuál es su relación o parentesco con ellos, cuánto ingreso ganan y si tiene una discapacidad.
Si su discapacidad hace que alguna parte del proceso de solicitud se le dificulte, la PHA debe darle adaptación razonable durante el proceso de solicitud. La adaptación razonable podría incluir cosas como:
- Ayuda para rellenar las solicitudes
- Solicitudes en Braille
- Tiempo adicional para rellenar las solicitudes
- Ayuda para encontrar un apartamento
Nota: Nunca debe tener que pagar para solicitar la Sección 8. Es ilegal que le vendan una solicitud o vale de la Sección 8.
Listas de espera
Cuando vaya a solicitar la Sección 8, vivienda pública o algún otro programa administrado por una PHA, probablemente no reciba ayuda de inmediato. Es posible más bien que le coloquen en una lista de espera. Una lista de espera implica que tiene que esperar hasta que sea su turno para recibir el beneficio.
La PHA le indica si tienen una lista de espera “abierta” o “cerrada”:
- Si la lista de espera está abierta, puede solicitar y se agrega su nombre a la lista. Podría tardar años en recibir el beneficio. El tiempo depende de la PHA. Si solicita en más de una PHA, es más probable que reciba beneficios más pronto.
- Si la lista de espera está cerrada, no puede solicitar.
Si está en una lista de espera, debe mantener su información al día. Infórmele a la PHA si su información de contacto cambia y responda siempre que la PHA intente comunicarse con usted. De lo contrario, podrían sacarle de la lista de espera y no recibirá beneficios.
- Solicite en todas las autoridades de vivienda pública ubicadas en áreas donde esté dispuesto a vivir y que tengan listas de espera abiertas. Es posible que le den más prioridad si ya vive en el área que atiende la PHA.
- A veces, se da prioridad a las personas con discapacidad y a los veteranos en las listas de espera. Pregunte a cada autoridad de vivienda cómo funciona su lista de espera y procure informarles de los detalles que puedan ayudarle a obtener beneficios más rápidamente.
- Si tiene una discapacidad y no responde a una carta en que le piden que actualice su información, y quitan su nombre de la lista de espera, puede pedir que vuelvan a añadir su nombre a la lista como adaptación razonable.
Aprobación de los beneficios
Cuando le toque su turno en la lista de espera, la autoridad de vivienda examinará su solicitud e información personal para asegurarse de que califique para beneficios.
Si califica, entonces la PHA le explica todas las reglas del programa. Las reglas de algunos programas se explican en el resto de este artículo.
Si una autoridad de vivienda pública le deniega los beneficios, tienen que explicarle por qué e indicarle cómo puede apelar. Si desea apelar, hágalo de inmediato, ya que hay un tiempo límite para hacerlo.
Si la razón por la que le denegaron los beneficios se relaciona con su discapacidad, puede pedir otra oportunidad de completar su solicitud. Por ejemplo, si no realizó la solicitud lo suficientemente rápido porque tiene un problema de movilidad, la autoridad de vivienda pública debe permitirle volver a solicitar.
Y, si piensa que se la denegaron debido a su discapacidad y la autoridad de vivienda pública aún dice que no califica, pida asesoría legal. Estos son algunos recursos que pueden ayudarle:
- Disability Rights Arizona representa los derechos de niños y adultos con discapacidad.
- AZLawHelp.org puede ayudarle a obtener servicios legales gratuitos o a bajo costo.
- La American Bar Association cuenta con una lista de proveedores de servicios legales gratuitos.
- La División de Derechos Civiles de Arizona (ACRD) tiene información sobre sus derechos.
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