Crédito tributario por ingreso del trabajo (EITC)

Preguntas frecuentes

El Crédito Tributario por Ingresos Ganados es un programa federal de impuestos que reduce el monto de los impuestos pagaderos por trabajadores con ingresos bajos a moderados. El crédito varía de $2 a $7,830 según los ingresos brutos ajustados de la persona y el número de menores calificantes en su familia.

Con frecuencia, el programa se conoce sencillamente como el Crédito por Ingresos Ganados (Earned Income Credit - EIC).

Usted puede reclamar un crédito EITC cada año en que sea elegible.

Para tener derecho a recibir el Crédito Tributario por Ingresos Ganados (Earned Income Tax Credit - EITC), usted debe:

  • Tener ingresos ganados de un empleo o de un trabajo por cuenta propia, o beneficios por discapacidad antes de jubilarse pagados por su empleador
  • Cumplir con los requisitos de ingresos brutos ajustados
  • Tener un número del Seguro Social válido para trabajar.
  • Presentar una declaración de impuestos conjunta si es persona casada.
  • Ser ciudadano/a o residente legal de los EE. UU. Si usted es una persona extranjera sin residencia legal, debe estar casado/a con un/a ciudadano/a o residente legal de los EE. UU. y presentar una declaración conjunta.
  • Vivir en los EE. UU. durante más de la mitad del año.
  • Tener entre 25 y 64 años, si no tiene menores calificantes (si tiene menores calificantes, puede tener cualquier edad).

Además, usted no puede:

  • Declarar ingresos en el extranjero ni una deducción por vivienda en el extranjero utilizando el Formulario 2555.
  • Tener ingresos de sus inversiones en exceso de EITC-investment-income-maximum (para el año fiscal 2024).
  • Ser un/a dependiente de otra persona.

Ser un/a menor calificante de otra persona.

Sí. Usted puede depositar el dinero que reciba como un crédito EITC en una cuenta IDA donde se aumentará mediante contribuciones de igualación, o bien, puede apartarlo en un plan PASS. Éstas son dos maneras de alcanzar más rápidamente sus metas de trabajo o de ahorro.

Si es elegible, usted puede reclamar un crédito EITC cuando presenta su declaración anual de impuestos federales, el Formulario 1040 del IRS. Si tiene un/a menor calificante, tendrá que adjuntarle un Anexo EIC.

Aunque no hay requisitos de bienes para reclamar un crédito EITC, usted no puede tener ingresos de sus inversiones que excedan de $11,600 para el año fiscal 2024 (declaración de impuestos presentada en o antes del abril de 2025).

El valor de su crédito EITC está basado en sus ingresos brutos ajustados y el número de menores calificantes en su familia. Usted podrá calcular su crédito EITC en forma independiente, utilizando la Hoja de trabajo para el Crédito por Ingresos Ganados (Earned Income Credit Worksheet) incluida en el Formulario 1040. O bien, podrá pedir que el IRS se lo calcule, escribiendo las letras “EIC” en el renglón del formulario para la declaración de impuestos titulado Crédito por Ingresos Ganados (Earned Income Credit).

Para ver un estimado del valor de su crédito EITC, también puede utilizar la calculadora del Crédito tributario por ingreso del trabajo (Calculadora de Créditos Fiscales) del Centro sobre Prioridades Presupuestarias y Políticas (Center on Budget and Policy Priorities).

Usted puede reclamar su Crédito Tributario por Ingresos Ganados cuando presenta su declaración anual de impuestos federales. El IRS puede depositar el crédito en su cuenta bancaria o enviarle un cheque por correo. El método que usted seleccione y la fecha en que presentesu declaración de impuestos determinarán la rapidez con que recibe su crédito, pero por lo general llegará dentro de las 2 o 3 semanas siguientes a la fecha en que presentó su declaración.

Sí. Para tener derecho a a recibir un Crédito Tributario por Ingresos Ganados, usted debe residir en los EE. UU. durante más de la mitad del año. Además, debe tener ciudadanía o residencia legal de los EE. UU. O, si es una persona extranjera y no tiene residencia legal, debe estar casado/a con un/a ciudadano/a o residente legal y presentar una declaración conjunta.

Para que un/a menor se considere calificante conforme a las reglas del programa EITC, debe:

  • Ser pariente de usted: El/La menor debe ser su hijo, hija, hijastro, hijastra, hijo/a acogido/a, hermano/a, hermanastro/a, o un/a descendiente de cualquiera de los anteriores (como, por ejemplo, un/a nieto/a o sobrino/a de usted).
  • Vivir con usted: Generalmente, el/la menor debe vivir en la misma casa que usted durante seis meses o más cada año, y debe tener un número válido del Seguro Social. (Hay algunas excepciones a esta regla. Para ver la lista completa, lea la Publicación 596 del IRS.)
  • Tener menos de 19 años de edad. Al final del año fiscal, el/la menor debe tener menos de 19 años de edad. O bien, si asiste a clases de tiempo completo, debe tener menos de 24 años de edad. La única excepción se relaciona con menores permanente y totalmente discapacitados. Si el/la menor a quien usted piensa incluir en su declaración de impuestos está permanente y totalmente discapacitado/a, puede tener cualquier edad, inclusive ser una persona de edad adulta.

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