Cobertura patrocinada por un empleador
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Cómo inscribirse
Hable con el departamento de recursos humanos de su empleador para conocer las reglas para inscribirse. Es posible que el empleado tenga que estar trabajando por cierto periodo de tiempo, llamado un periodo de espera, antes de inscribirse en una cobertura médica. El periodo de espera no puede ser de más de 90 días.
Es importante que se inscriba en la cobertura tan pronto se le ofrezca, de lo contrario, podría tener que esperar hasta el periodo anual de inscripción abierta, que suele ser para fines del año. Ciertos cambios en la familia o el estado de la cobertura podrían activar un periodo de inscripción especial. Por ejemplo, si obtiene cobertura a través de su empleador y se casa o tiene un hijo, se le permitirá inscribir a su nuevo cónyuge o bebé en su cobertura patrocinada por el empleador.
Cómo mantener su cobertura cuando no esté trabajando temporalmente
La Ley de Licencias Médicas y Familiares (Family and Medical Leave Act, FMLA) permite a los empleados tomar una licencia sin paga por ciertas razones médicas y familiares, como el nacimiento de un bebé o para cuidar de un familiar enfermo. La ley FMLA les brinda a los empleados que cumplen con ciertas condiciones hasta 12 semanas de licencia sin paga cada año y también protege sus beneficios de cobertura médica grupal durante esa ausencia. Los empleadores deben seguir brindando cobertura al empleado que está en una ausencia por FMLA que sea la misma cobertura al mismo costo que la que el empleado recibiría si este estuviera trabajando. Lea más sobre la FMLA en el artículo de DB101 titulado Conozca sus derechos y responsabilidades.
La Ley de los Derechos de Empleo y Reempleo de los Servicios Uniformados (Uniformed Services Employment and Reemployment Rights Act, USERRA) protege el empleo y la cobertura médica de las personas que prestan servicio en los servicios uniformados. Esta permite que los beneficios médicos continúen por hasta 24 meses cuando una persona no está trabajando porque está prestando servicio militar. El Departamento de Servicio de Empleo y Capacitación de Veteranos del Departamento del Trabajo de EE. UU. (Veterans’ Employment and Training Service, VETS) tiene más información sobre la ley USERRA.
Opciones cuando pierde elegibilidad para su cobertura patrocinada por el empleador
Si un empleador o exempleador ya no le brinda cobertura médica porque usted, uno de sus padres o su cónyuge fue cesanteado, renunció le redujeron las horas, hay distintas opciones de cobertura para usted. Verifique todas estas opciones y vea cuál tiene más sentido para su situación.
Otros tipos de cobertura patrocinada por el empleador
Si pierde su cobertura patrocinada por el empleador, pero tiene un cónyuge que podría obtener cobertura para usted a través de su empleo, o si tiene menos de 26 años y uno de sus padres podría obtener cobertura patrocinada por empleador para usted, verifique esas opciones. Si está en esa situación, su pérdida de cobertura médica crea un periodo de inscripción especial que le permitiría inscribirse en esos planes, incluso si no es el periodo de inscripción abierta regular.
Nota: Si está en esta situación, es posible que no califique para ayuda del gobierno para pagar un plan individual en CuidadoDeSalud.gov (HealthCare.gov).
Cobertura pública o individual a través de CuidadoDeSalud.gov (HealthCare.gov)
Sus opciones más asequibles podrían ser en CuidadoDeSalud.gov (HealthCare.gov). Esto se debe a que, si pierde su empleo, su ingreso familiar probablemente se reduce significativamente, y podría calificar para programas o ayuda para los que antes no calificaba. En función de su situación, ahora podría calificar para AHCCCS o ayuda del gobierno para pagar un plan individual a través de créditos de impuestos. Eche un vistazo a los demás artículos sobre cobertura médica de DB101 para obtener más información sobre estas opciones.
COBRA, continuación de la cobertura de Arizona (mini-COBRA) y OBRA
COBRA es una ley federal que cubre a los empleados de empresas con 20 o más empleados. Arizona tiene una ley de continuación de la cobertura que es similar a COBRA (y a veces se le llama mini-COBRA), que cubre a las personas que trabajan para empleados con 1 a 19 empleados. Tanto las leyes estatales como las federales les permiten a los empleados y familiares seguir obteniendo el mismo plan médico que recibieron a través del empleador por hasta 18 meses después de perder la cobertura patrocinada por el empleador debido a un evento calificado (la mayoría de las razones por las que podría perder cobertura califican). Los periodos de tiempo a veces son distintos para cónyuges y dependientes.
Usted tendrá que pagar la prima completa por COBRA, incluido cualquier monto que su empleador pagaba anteriormente. Su plan podría ser mucho más costoso de lo que piensa.
OBRA extiende COBRA por hasta 11 meses adicionales para personas con discapacidad. La prima puedo aumentar aún más (hasta 150% de la prima para los empleados actuales con el mismo plan), por lo que esto solo debe hacerse si no tiene otras opciones.
Para información detallada, consulte el sitio web del Departamento del Trabajo de EE. UU.
COBRA puede resultar muy costoso. Antes era muy importante ya que era muy difícil que las personas, en particular las personas con discapacidad, adquirieran un plan de seguro individual. Ahora, CuidadoDeSalud.gov (HealthCare.gov) lo hace mucho más fácil y a menudo más barato.
Sin embargo, aún existen ciertas situaciones en que COBRA tiene sentido. Estos son algunos ejemplos:
- Si su cobertura patrocinada por el empleador tenía un deducible alto y ya ha pagado el deducible por el año, plantéese quedarse en ese plan hasta que finalice el año. Si adquiere un plan en CuidadoDeSalud.gov (HealthCare.gov) que tenga un deducible, tendrá que comenzar desde cero a pagar el deducible.
- Si tiene un plan y ya ha pagado el máximo de bolsillo completo por el año, también podría tener sentido permanecer en este hasta que finalice el año, ya que lo único que tendrá que pagar para obtener cobertura médica es su prima mensual; no tendrá que gastar en copagos, coseguro ni nada más.
Piense en su situación. Si decide obtener continuación de la cobertura, recuerde que podría tener sentido detener su continuación de la cobertura y cambiarse a un plan individual a través de CuidadoDeSalud.gov (HealthCare.gov) cuando finalice el año, en particular si califica para subsidios del gobierno para un plan. Lea el artículo de DB101 Cómo adquirir cobertura en CuidadoDeSalud.gov (HealthCare.gov) para más información.
También
Cómo encontrar la cobertura indicada para usted
Esta guía interactiva le ayuda a ver cuáles son las mejores opciones de cobertura de salud para usted.
Cobertura médica privada en HealthCare.gov
Puede adquirir cobertura médica en CuidadoDeSalud.gov (HealthCare.gov). El gobierno podría ayudarle a pagarla.
Medicare
Medicare es cobertura de salud pública para personas con discapacidad y personas de edad avanzada.
Hable con un/a experto/a
Un/a Consultor/a de incentivos de trabajo puede responder a sus preguntas acerca del trabajo y los beneficios en Arizona.
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Un/a Consultor/a de incentivos de trabajo es una persona experta que puede ayudarle a comprender los incentivos de trabajo del Seguro Social, los programas de beneficios para personas discapacitadas y la manera en que el trabajo los afecta. El objetivo de estos servicios es ayudarle con la transición al trabajo y con el desarrollo de un plan financiero sostenible para su futuro.
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