Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)

Dificultades frecuentes

No saber cuáles beneficios del Seguro Social recibe

El Seguro Social tiene dos programas con nombres muy parecidos que son para personas con discapacidad:

Algunas personas califican para ambos programas al mismo tiempo. Si recibe beneficios del Seguro Social, pero no está seguro de cuáles, abra una cuenta de my Social Security o solicite un informe para la planificación de beneficios (BPQY) gratuito en su oficina del Seguro Social o llamando al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY).

No proporcionar suficiente información al solicitar

Cuando usted solicita beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), la decisión puede tomar tiempo. No querrá que el Seguro Social le niegue su solicitud porque falta información. Asegúrese de incluir información de contacto de todos los médicos, fisioterapeutas y otros que le hayan dado tratamiento por su discapacidad.

Sin embargo, debe debe presentar la solicitud cuanto antes, porque si se le aprueba, recibirá beneficios de SSI por el período de tiempo total desde la fecha en que la solicitó. Si no tiene todo listo para su solicitud, no hay problema: puede solicitar con la información que tiene, pero asegúrese de enviar la información que falte lo más pronto posible.

Esperar demasiado para presentar una apelación

Si le parece que la decisión del Seguro Social es incorrecta, tiene el derecho a solicitar una apelación:

  • Si se le niega el beneficio de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), tiene 60 días a partir de la fecha en que se envió la carta de denegación para presentar una apelación. Hágalo rápido. Si no apela en 60 días, podría perder el derecho de apelar.
  • Si ya recibía SSI y está apelando un cambio en el monto de sus beneficios o una notificación de sobrepago, debe apelar en no más de 10 días. Si lo hace, es posible que pueda seguir recibiendo el monto original de beneficios de la SSI hasta que el Seguro Social tome una decisión sobre su apelación.
  • Aclaración: El Seguro Social calcula que una carta le llega en cinco días después de que ellos la envían.

Obtenga más información sobre el proceso de apelaciones.

Comuníquese con el Arizona Center for Disability Law para ayuda con las apelaciones.

Volver a solicitar en vez de apelar, si se le niegan los beneficios de la SSI

Si la Administración del Seguro Social le niega su solicitud de beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) y usted no está de acuerdo con la decisión, presente una apelación. No rellene simplemente los formularios de apelación nuevamente, ya que eso sería una solicitud nueva.

Si presenta una apelación y gana, se le pagarán sus beneficios de forma retroactiva a la fecha de solicitud original. Si vuelve a solicitar, el Seguro Social comenzará desde cero y no recibirá ningún beneficio retroactivo que pudo haber recibido de otro modo.

Obtenga más información sobre el proceso de apelaciones.

Comuníquese con el Arizona Center for Disability Law para ayuda con las apelaciones.

No trabajar porque piensa que perderá los beneficios que necesita

Muchas personas que reciben Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) temen trabajar porque piensan que perderán sus beneficios de la SSI y su cobertura de AHCCCS automática. Sin embargo, las reglas de la SSI están ideadas para hacer que sea posible trabajar.

Cuando trabaja, la exclusión de ingreso devengado de la SSI significa que usted conserva por lo menos los primeros $65 de su ingreso devengado cada mes, sin que sufra reducción alguna en sus beneficios de la SSI. Después de ahí, cada dólar que gane solo reduce sus beneficios de la SSI por 50 centavos, de modo que por lo general terminará con más dinero del que tendría si no estuviera trabajando.

Si usted gana suficiente para que sus beneficios de la SSI se reduzcan a cero, podría conservar su cobertura de AHCCCS a través de la regla 1619(b) de la SSI o a través del Programa de Libertad para Trabajar de AHCCCS. Incluso si pierde la cobertura de AHCCCS, debe poder calificar para una cobertura patrocinada por el empleador o cobertura médica individual. Y si no puede pagar la cobertura individual, el gobierno podría ayudarle a pagarla por medio de un subsidio de impuestos.

Pruebe la guía interactiva de DB101 sobre cómo encontrar la cobertura indicada para usted.

Si deja de recibir beneficios de la SSI y no funciona el empleo, podría ser posible reanudar sus beneficios de la SSI rápido por medio de un reinicio rápido de los beneficios o una restitución acelerada (EXR) si aún tiene una discapacidad y cumple con los demás requisitos de la SSI.

A fin de cuentas: La mayoría de las personas que reciben SSI que regresan a trabajar terminan en mejor situación financiera.

Obtenga más información sobre cómo el trabajo afecta sus demás beneficios

Cuando usted comienza a trabajar, su salario podría afectar otros beneficios que recibe, como el Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI), la Asistencia Nutricional (estampillas para comida), la Asistencia en Efectivo de TANF y la Sección 8, por nombrar algunos.

Todos estos programas tienen reglas ideadas para asegurarse de que la gente que comienza a trabajar salga mejor, pero los detalles de las reglas depende de cada programa. Asegúrese de hablar con un/a un/a consultor/a de incentivos de trabajo que entienda los demás beneficios que recibe.

No documentar los gastos

Los Gastos de trabajo relacionados con la discapacidad (Impairment Related Work Expenses, IRWE) o Gastos de trabajo de personas ciegas (Blind Work Expenses, BWE) son gastos que le permiten trabajar. El Seguro Social le resta estos gastos a su ingreso contable al calcular su monto de beneficios. Eso significa que recibirá más beneficios de SSI.

Debe tener recibos o cheques cancelados de todos los IRWE y BWE, de lo contrario el Seguro Social no se los restará a su ingreso contable. Asegúrese de siempre obtener el recibo de todos los gastos de trabajo que realice y presentarlos al Seguro Social.

Si tiene alguna duda sobre los IRWE y BWE o sobre cómo informarle al Seguro Social sobre ellos, comuníquese con un/a consultor/a de incentivos de trabajo.

No informar sobre los cambios de ingreso, recursos o situación doméstica

Si cambia su ingreso devengado, ingreso no devengado, recursos, estado civil o situación doméstica, aunque sea un poco, deberá informar sobre el cambio dos veces:

  • A su oficina de DES/Administración de Asistencia para Familias dentro de 10 días del cambio.
  • Al Seguro Social durante los primeros días del mes después del cambio. Puede informar al Seguro Social:
    • En persona, por teléfono, o por fax durante los primeros 10 días del mes siguiente.
    • Con el sistema SSI Telephone Wage Reporting System, la aplicación SSI Mobile Wage Reporting Application, o my Social Security durante los primeros 6 días del mes siguiente.

Si no reporta el cambio, el Seguro Social podría enviarle un pago en exceso por sus beneficios de SSI. Esto se denomina un sobrepago. Cuando el Seguro Social se dé cuenta del error, podría tener que devolver el dinero.

Formas de reportar su ingreso al Seguro Social
Para la SSI, puede informar sobre los cambios:

Cuando haga el informe, necesitará tener documentación, como una carta que explique los cambios y copia de sus talones de pago. Si tiene preguntas acerca de la mejor forma de reportar sus ingresos, hable con su oficina del Seguro Social, o hable con un/a consultor/a de incentivos de trabajo.

Aclaración: Si también recibe beneficios del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI), debe reportar su ingreso para fines de la SSI y el SSDI por separado. Pregúntele a su representante de reclamaciones del Seguro Social cómo debe reportar el ingreso para fines del SSDI.

No responder a tiempo a una notificación de sobrepago

Si el Seguro Social decide que le pagaron más en beneficios de lo que se suponía, le enviarán una carta indicándole que han realizado un sobrepago y le explicarán cuánto debe devolver.

Atienda la notificación de sobrepago de inmediato. En la carta de sobrepago se le pedirá que devuelva el dinero en no más de 30 días; sin embargo, el Seguro Social está dispuesto a crear un plan a plazos mensuales con usted. Comuníquese con su oficina del Seguro Social de inmediato para hablar sobre sus opciones, o llame al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY).

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