Servicios de asistencia personal
- Puntos básicos
- Introducción a los servicios de asistencia personal
- Los servicios de asistencia personal en el sitio de trabajo
- El pago del costo de servicios de asistencia personal
- Ejemplo
- Preguntas frecuentes
- Dificultades frecuentes
- Próximos pasos
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El pago del costo de servicios de asistencia personal
La mayoría de las personas pagan el costo de servicios de asistencia personal de su bolsillo o con el apoyo del Sistema de Cuidados a Largo Plazo de Arizona (Arizona Long-Term Care System —ALTCS). Empezaremos describiendo las posibilidades de que usted pueda lograr que el sistema ALTCS pague el costo de sus servicios; luego, describiremos las obligaciones adicionales que usted tendrá si paga por estos servicios de su bolsillo.
El Sistema de Cuidados a Largo Plazo de Arizona (ALTCS)
El Sistema de Cuidados a Largo Plazo de Arizona es un programa público que da diversos servicios a algunas personas ciegas, discapacitadas o mayores de 65 años. Uno de los beneficios que el sistema ALTCS ofrece a algunas personas es el pago de servicios de asistencia personal (PAS) para que puedan vivir de manera segura en sus propios hogares. Los servicios PAS pueden variar desde la ayuda para realizar tareas domésticas hasta servicios de atención personal, como, por ejemplo, vestirse y bañarse. Con frecuencia se considera que este programa ofrece una alternativa a la necesidad de ingresar a instituciones de vida asistida o a instalaciones de enfermería.
La elegibilidad
Para tener derecho a recibir beneficios de ALTCS, usted debe cumplir con todos los requisitos siguientes:
- Necesitar atención para sus necesidades médicas y físicas al nivel de una instalación de enfermería
- Ser residente de Arizona
- Tener ciudadanía de los EE. UU. o cumplir con requisitos para extranjeros específicos
- Tener un número válido del Seguro Social
- Solicitar todos los beneficios potenciales
- Cumplir con ciertos requisitos de ingresos
- Poseer recursos con un valor de menos de $2,000
- Cooperar con la asignación de derechos a beneficios médicos
Aclaración: Si su discapacidad comenzó antes de usted haya cumplido los 26 años, puede abrir una cuenta ABLE donde puede ahorrar hasta $18,000 cada año sin que tenga ningún impacto sobre la elegibilidad para ALTCS. Obtenga más información sobre las cuentas ABLE.
Si sus ingresos y el valor de sus recursos son menores al límite de ingresos y límite de recursos y usted cumple con otros criterios de elegibilidad, un miembro del personal del sistema ALTCS realizará una revisión de sus antecedentes previa a la admisión para decidir si su discapacidad le da derecho a los servicios que se prestan a través de ALTCS.
No todas las personas son elegibles para obtener estos servicios. Por ejemplo, muchas personas con discapacidad son elegibles para obtener la cobertura médica del Sistema de Contención de Costos del Cuidado de la Salud de Arizona (AHCCCS) o el programa Libertad para Trabajar de AHCCCS, pero no son elegibles para recibir los servicios adicionales ofrecidos por ALTCS.
La solicitud
Usted puede solicitar servicios de ALTCS poniéndose en contacto con una oficina de ALTCS.
Una vez que se haya inscrito en ALTCS, usted podrá obtener servicios de asistencia personal si:
- Necesita servicios que sean médicamente necesarios
- Está viviendo en su propio hogar y no en una residencia con licencia
- Es capaz de tomar decisiones relacionadas con la atención que recibe o tiene a alguien que tome estas decisiones en nombre suyo.
Debe necesitar ayuda para realizar una o más de las siguientes actividades:
- Actividades de la vida diaria, tales como comer, usar el inodoro, arreglarse, vestirse, bañarse, desplazarse, moverse y posicionarse
- Otras actividades comunes, tales como planear y preparar comidas, administrar sus finanzas, comprar artículos esenciales, realizar tareas domésticas básicas, comunicarse por teléfono y por otros medios, salir a la calle y participar en la vida de su comunidad.
La manera en que ALTCS decide si usted necesita servicios PAS
Si después de haber revisado sus antecedentes, ALTCS decide que usted es en efecto elegible para recibir servicios de atención a largo plazo, usted se inscribirá en una Organización de Cuidado Administrado (MCO) la cual administrará su atención médica y sus servicios de atención a largo plazo. Se le asignará a un/a administrador/a de su caso en su MCO, quien evaluará su situación durante una visita en su hogar y colaborará con usted para definir la naturaleza de los servicios necesarios. Según sus circunstancias, es posible que los servicios a los cuales tenga derecho sean servicios de asistencia personal.
Si usted necesita servicios PAS, ALTCS pagará el costo de cierto número de horas de asistencia personal por semana; el monto exacto se determinará según sus necesidades. Por ejemplo, si usted sólo requiere un poco de ayuda algunas veces por semana, es posible que ALTCS pague el costo de asistencia durante solamente cinco horas a la semana. Sin embargo, si necesita mayor ayuda todos los días, ALTCS posiblemente pagará el costo de asistencia durante 40 horas a la semana.
Los servicios ofrecidos
Un/a asistente personal (PCA) obtenido/a a través de ALTCS puede ayudarle con cosas tales como:
- Servicios domésticos como barrer, pasar la aspiradora, sacar la basura, limpiar su silla de ruedas y recargarle la batería y cambiar las sábanas de su cama
- Servicios relacionados, como la preparación de comidas, limpiar, lavar ropa e ir de compras
- Servicios de atención personal, como ayudarle a comer, bañarse, arreglarse, vestirse, utilizar el inodoro y tomar medicamentos
- Limpieza pesada limitada
- Supervisión general para personas con discapacidades médicas cognitivas o de la conducta.
Estos servicios pueden permitir que usted viva en su propia casa o apartamento, al darle el apoyo que necesita para continuar viviendo en forma independiente.
El costo
Típicamente, usted no paga nada si obtiene sus servicios de asistencia personal a través del sistema ALTCS. En situaciones limitadas, es posible que los miembros que viven en su propio hogar compartan el pago del costo de los servicios. Si usted necesita asistencia personal durante más horas que las pagadas por los programas estatales, tendrá que pagar esas horas de su bolsillo.
Sus responsabilidades
Usted, o su representante, necesitará asegurar que su asistente PCA haga lo que usted necesita. Es posible que usted tenga responsabilidades adicionales si contrata a su asistente por cuenta propia en vez de a través de una agencia.
Si ALTCS paga el sueldo de su asistente PCA, su Organización de Cuidado Administrado (Managed Care Organization—MCO) de ALTCS probablemente contratará a su asistente PCA a través de una agencia. Según sus preferencias, es posible que usted quiera que alguien a quien usted conozca trabaje como su asistente; en ese caso, esa persona podría trabajar empleada por la agencia; o bien, usted prefiera indicar algunas de las características que desea en su asistente y dejar que la agencia localice a alguien con esas características. Por ejemplo, usted podrá solicitar un asistente varón o alguien que pueda trabajar un turno dividido.
Si ALTCS paga el sueldo de su asistente PCA, usted puede elegir la opción de cuidado autodirigido con asistente (Self-Directed Attendant Care —SDAC), conforme a la cual usted podría contratar a un/a asistente personal por su cuenta, sin utilizar una agencia. Si utiliza la opción SDAC o si está pagando a su asistente PCA de su bolsillo, usted tendrá que:
- Preparar un resumen de las tareas de su asistente PCA
- Crear el horario de trabajo de su asistente PCA
- Crear un plan de respaldo para casos en que su asistente PCA no pueda llegar según lo planeado
- Capacitar a su asistente PCA
- Supervisar todos los aspectos de la asistencia
- Despedir a su asistente PCA si él o ella no está trabajando de manera satisfactoria.
Si usted está pagando los servicios de su bolsillo
Si está pagando los servicios de su bolsillo, ya sea porque no es elegible para recibir servicios PAS pagados con fondos públicos o porque necesita asistencia durante más horas de las ofrecidas por programas estatales, tiene las mismas dos opciones básicas que hemos descrito:
- Puede contratar a un/a asistente PCA a través de una agencia
- Puede contratar a un/a asistente PCA por cuenta propia
Si usted contrata a un/a asistente PCA a través de una agencia, la agencia le ayudará a localizar a un/a asistente que sepa realizar las tareas con las cuales usted necesita ayuda. La contratación a través de una agencia tiene dos ventajas importantes: los asistentes PCA que la agencia ofrece ya tienen capacitación; y, si usted necesita substituir a un/a asistente PCA —por ejemplo, si su asistente PCA está enfermo/a— la agencia puede enviarle a otra persona de reemplazo.
Si usted contrata a un/a asistente PCA por su cuenta, tendrá más flexibilidad, pero también tendrá responsabilidades mayores. Tendrá que encargarse no solamente de la contratación, capacitación, supervisión y del posible despido de su asistente, sino también de los cheques de pago, de los impuestos y de las retenciones de planilla. Aun así, esta opción funciona mejor para muchas personas porque les permite contratar a alguien a quien conocen y en quien confían.
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Un/a Consultor/a de incentivos de trabajo es una persona experta que puede ayudarle a comprender los incentivos de trabajo del Seguro Social, los programas de beneficios para personas discapacitadas y la manera en que el trabajo los afecta. El objetivo de estos servicios es ayudarle con la transición al trabajo y con el desarrollo de un plan financiero sostenible para su futuro.
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